Vivienda, electrodomésticos y textil acaparan las quejas de los consumidores

La vivienda, los productos textiles, el calzado y los electrodomésticos fueron los sectores que acapararon las intervenciones de la Junta Arbitral de Consumo durante 1991, según informó ayer la Concejalía de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid.En total, la junta realizó el año pasado 1.769 intervenciones, un 18% más que en 1990. De aquéllas, el 25,3% fueron motivadas por quejas relativas a la vivienda, en las que se incluyeron problemas en los contratos de arrendamiento, obras de albañilería, fontanería, reformas interiores y suministros y servicios como agua, gas, luz y teléfono.
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La vivienda, los productos textiles, el calzado y los electrodomésticos fueron los sectores que acapararon las intervenciones de la Junta Arbitral de Consumo durante 1991, según informó ayer la Concejalía de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Madrid.En total, la junta realizó el año pasado 1.769 intervenciones, un 18% más que en 1990. De aquéllas, el 25,3% fueron motivadas por quejas relativas a la vivienda, en las que se incluyeron problemas en los contratos de arrendamiento, obras de albañilería, fontanería, reformas interiores y suministros y servicios como agua, gas, luz y teléfono.

Los sectores de textil y calzado provocaron el 18,39% de las intervenciones de la junta. A estos sectores les siguió el de electrodomésticos, con un 16,5%, en el que las quejas estaban relacionadas con garantías de los aparatos, defectos ocultos y reparaciones.

En cuarto lugar figuró el sector de los vehículos, con el 12,9% de las reclamaciones atendidas, seguido por el de mobiliario y decoración, que supuso la intervención de la junta en el 9,8% del total de los casos.

Finalmente, las agencias de viajes (4,36%), el transporte (1,45%), la relojería y joyería (1,45%), la sanidad (0,80%) y los seguros (0,75%) fueron los sectores que requirieron la actuación de la Junta Arbitral de Consumo. Este organismo es un tribunal gratuito que entiende de las reclamaciones de consumidores y empresarios que previamente solicitan someterse a su arbitraje. En caso de que la sentencia no sea aceptada por las partes, pasa a un tribunal ordinario sin necesidad de que éste abra diligencias.

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