El nuevo Código Penal aumentará el tiempo de cárcel para terroristas y narcotraficantes

El futuro Código Penal aumentará el cumplimiento de condena de los terroristas y narcotraficantes, al aplicar los beneficios penitenciarios sobre el tiempo total de la condena, aunque el periodo máximo de permanencia en la cárcel se mantiene en 30 años. El anteproyecto, que el ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, prevé que entre en las Cortes en febrero de 1992, regula los delitos socioeconómicos o de cuello blanco -excluidos por el anterior ministro, Enrique Múgica-, suprime el infanticidio honoris causa e introduce la eutanasia, el delito ecológico, la manipulación genética y la...

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El futuro Código Penal aumentará el cumplimiento de condena de los terroristas y narcotraficantes, al aplicar los beneficios penitenciarios sobre el tiempo total de la condena, aunque el periodo máximo de permanencia en la cárcel se mantiene en 30 años. El anteproyecto, que el ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, prevé que entre en las Cortes en febrero de 1992, regula los delitos socioeconómicos o de cuello blanco -excluidos por el anterior ministro, Enrique Múgica-, suprime el infanticidio honoris causa e introduce la eutanasia, el delito ecológico, la manipulación genética y la difamación.

Una de las novedades introducidas definitivamente en la parte general del Código Penal, hecha pública en octubre de 1990, es el sistema para computar el cumplimiento de las penas, que ampliará el tiempo de cárcel a terroristas y narcotraficantes.El anteproyecto de Múgica elevó el tiempo máximo de permanencia en la cárcel de 30 a 35 años. Ahora se vuelve a los 30 años, pero en realidad se incrementa el tiempo de cumplimiento de pena de tales delincuentes, porque los beneficios penitenciarios se contarán sobre el total de años de la condena. Al terrorista o narcotraficante condenado, por ejemplo, a más de 100 años de cárcel, los descuentos por beneficios penitenciarios se aplicarán al total de años de condena, con lo que aumentará el tiempo efectivo de cumplimiento, que en ningún caso podrá superar los 30 años. A esto hay que añadir que se mantiene la supresión de la redención de penas por el trabajo.

La parte más novedosa del borrador de nuevo Código Penal es el libro segundo, dedicado a los delitos y las penas, todavía no hecha pública. Quadra-Salcedo -que veraneó con el borrador y ha realizado un análisis exhaustivo del texto- ha dado un giro a los anteriores trabajos y, entre otras novedades, ha aceptado el criterio de la comisión de expertos y, en línea con el anteproyecto de 1983, regula el delito societario o de cuello blanco, que pone más el acento en la protección de los intereses sociales. Entre otras conductas, incluye el falseamiento de los balances o de la situación real de las sociedades o la actuación de los gestores en beneficio propio y en perjuicio de socios y empleados.

La libertad y la propiedad

El criterio del equipo de Múgica fue que éstas y otras infracciones debían salir del ámbito penal y sancionarse por vía administrativa. Cuando a mediados de marzo último Quadra-Salcedo accedió a la cartera de Justicia, comprobó que los delitos de cuello blanco, que él denomina "societarios", habían quedado excluidos del futuro Código Penal. Asimismo, consideró que la lógica constitucional exige dar mayor importancia, -por ejemplo, a la libertad que a la propiedad.

Informes suministrados a Justicia sobre la importancia cuantitativa de los robos -un 80% del total de los delitos denunciados en 1990- y de los hurtos de uso -un 15%- han llevado a Quadra-Salcedo a tener en cuenta en el borrador de Código Penal tales delitos contra la propiedad, más por la inseguridad ciudadana que producen que por su importancia delictiva. Junto a estas novedades, y a falta de conocer el texto íntegro del borrador, he aquí algunas otras innovaciones del futuro código:

Infanticidio. Desaparece la figura del infanticidio, que actualmente rebaja la pena que corresponde al parricida -de 20 a 30 años de cárcel- a sólo de 6 méses a 6 años para la madre (y los abuelos maternos) que "para ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido".

Narcotráfico. Se introducirá el delito de blanqueo de dinero procedente de la droga y el de fabricación de sustancias precursoras de los estupefacientes.

Eutanasia. Se rebajarán las penas actuales para el que presta auxilio al suicidio -que son de 6 a 12 años de cárcel- o para el que ejecuta la muerte del suicida -de 12 a 20 años- y se despenalizarán algunos supuestos de eutanasia. El criterio de Justicia es no ser exhaustivo en la descripción de supuestos, porque la realidad siempre es más rica.

Libertad sexual. Igual criterio se aplica a la nueva regulación de la violación y las agresiones sexuales. Para ello se modificarán los preceptos introducidos en junio de 1989, demasiado preocupados por los or1ficios anatómicos y los objetos u órganos introducibles. Ahora se ahondará en la protección de la libertad.

Difamación. Se sancionará con multa la narración falsa de hechos o los excesos del informador que no se esforzó en buscar la verdad. Se suprime la pena de cárcel para este delito y para los de calumnias e injurias.

Reina. Se equiparará la protección penal de la Reina a la del Rey.

Delito ecológico. Se castigará con hasta 12 años de cárcel a los autores de incendios forestales y se impondrán fuertes multas a las industrias que contaminen.

Excluida la 'probation' para evitar el adoctrinamiento"

El nuevo Código Penal excluirá definitivamente la probation o libertad a prueba en un establecimiento de acogida y la sustituirá por la suspensión del fallo en los delitos de hasta dos años de cárcel. El Ministerio de Justicia, junto a la carestía que implica, en su opinión, la libertad a prueba, alega también ahora "el riesgo de adoctrinamiento" en algunas de estas instituciones para los beneficiarlos de esta medida.Justicia considera no aplicable la probation del Reino Unido, en donde no llega a dictarse el fallo, ya que en España, las exigencias de la seguridad jurídica obligan a que se dicte el fallo, pero cuando se trate de penas de hasta dos años de cárcel, podrán no aplicarse y someter a prueba al condenado durante cinco años, período durante el que se adoptarán medidas de vigilancia y de reinserción social.

En cuanto al ingreso en la entidades colaboradoras de la probation, muy propias de la cultura anglosajona, Justicia explica que existe "el riesgo de adoctrinamiento de algunas de estas instituciones".

El Gobierno deshoja la margarita sobre el aborto

Uno de los escasos puntos del Código Penal sobre los que subsisten dudas de fondo es el aborto. En el Gobierno unos ministros avalan la ley de plazos, otros quieren combinar ese sistema con alguna indicación y otros desean dejar como están los tres supuestos despenalizados: terapéutico, eugenésico y ético. La decisión, que tendrá que tomar Felipe González, se incluirá en el código.En apoyo de las posiciones menos radicales, en el Ministerio de Justicia se esgrime el informe parlamentario de 4 de septiembre último, según el cual frente a la cifra máxima de abortos realizados en Inglaterra y Gales (22.002) en 1983, a partir de la ley del aborto de 1985, el número desciende hasta 1.332 en 1989. Asimismo, se alega que el 98% de las interrupciones del embarazo se realizan por el grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, así como que las denuncias se basan generalmente en la incorrecta invocación de la salud psíquica de la madre. El criterio de Justicia es que la regulación actual es básicamente suficiente.

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