TRIBUNALES

El Constitucional recalca que las radios necesitan licencia para emitir

El Tribunal Constitucional ha denegado a Radio Costa Blanca de Alicante la posibilidad de emitir en FM sin previa autorización administrativa y ha reiterado que el derecho a comunicar información veraz del artículo 20 de la Constitución no significa el reconocimiento de un derecho directo a emitir, "ni de este precepto nace directamente un derecho a exigir sin más el otorgamiento de frecuencias".

Radio Costa Blanca anunció a la Generalitat valenciana su propósito de empezar a emitir. Seis meses después, la emisora fue precintada. El alto tribunal no ha entrado a juzgar la inconstitu...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El Tribunal Constitucional ha denegado a Radio Costa Blanca de Alicante la posibilidad de emitir en FM sin previa autorización administrativa y ha reiterado que el derecho a comunicar información veraz del artículo 20 de la Constitución no significa el reconocimiento de un derecho directo a emitir, "ni de este precepto nace directamente un derecho a exigir sin más el otorgamiento de frecuencias".

Radio Costa Blanca anunció a la Generalitat valenciana su propósito de empezar a emitir. Seis meses después, la emisora fue precintada. El alto tribunal no ha entrado a juzgar la inconstitucionalidad del artículo 1.2 del Estatuto de la Radio y de la Televisión. Pero sobre las alegaciones de que el citado estatuto no tiene rango de ley orgánica, el Constitucional señala: "Una cosa es buscar ante los tribunales la protección del derecho que se cree afectado por insuficiencia de rango y otra erigirse en juez de esa regulación y decidir ignorarla".

Archivado En