El Congreso aprueba, con la oposición de IU y regionalistas, la reforma electoral autonómica

La fuerza política de los votos derrotó ayer en el pleno del Congreso las argumentaciones jurídicas de Izquierda Unida (IU) y los partidos regionalistas en el debate sobre las reformas electorales en los estatutos de autonomía. Las proposiciones presentadas por las respectivas comunidades autónomas -tras el pacto de los partidos mayoritarios- sólo encontraron 13 votos en contra y tres abstenciones, con 266 votos a favor.

Los críticos hacia esta reforma, pensada para adelantar las elecciones al 26 de mayo, pronosticaron su inconstitucionalidad.Los portavoces de IU, Unión Valenciana y Par...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La fuerza política de los votos derrotó ayer en el pleno del Congreso las argumentaciones jurídicas de Izquierda Unida (IU) y los partidos regionalistas en el debate sobre las reformas electorales en los estatutos de autonomía. Las proposiciones presentadas por las respectivas comunidades autónomas -tras el pacto de los partidos mayoritarios- sólo encontraron 13 votos en contra y tres abstenciones, con 266 votos a favor.

Los críticos hacia esta reforma, pensada para adelantar las elecciones al 26 de mayo, pronosticaron su inconstitucionalidad.Los portavoces de IU, Unión Valenciana y Partido Aragonés aportaron durante el debate diversos argumentos jurídicos. En las tres horas y media que dedicó el pleno a este punto no se produjo ninguna contestación técnica, sino solamente políticas, sobre la conveniencia de celebrar el máximo número de elecciones en el mismo día y evitar los meses de verano.

José Luis Núñez, portavoz en el pleno por Izquierda Unida, calificó la reforma de "chapuza jurídica" que tiene "motivos de inconstitucionalidad". Vicente González Lizondo, de Unión Valenciana, detalló la cascada de lo que son, a su entender, anormalidades constitucionales en este punto: los estatutos reformados ayer (Asturias, Cantabria, Murcia, Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Extremadura) señalaban que las elecciones deben celebrarse entre los 30 y los 60 días siguientes a la terminación del mandato.

Tal precepto es copia del artículo 68.6 de la Constitución, y este plazo se explicó en el debate de la Carta Magna como necesario para garantizar la igualdad de los candidatos en el acceso a cargo público.

Igualdad de condiciones

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

De ese modo se garantizaba que no se superpusieran una campaña electoral y un mandato en vigor, para que todos los candidatos estén en igualdad de condiciones jurídicas, políticas y económicas. La reforma aprobada ayer elimina esa garantía de igualdad, al suprimir el referido artículo y adelantar las elecciones.

En un intento de soslayar esta dificultad, los presidentes de asambleas autónomas acordaron el pasado fin de semana en Barcelona que durante la campaña electoral no se celebren sesiones plenarias y se reduzca la actividad parlamentaria, lo que a su vez restringe los derechos de los diputados que tienen su mandato en plena vigencia.

Los portavoces que se opusieron a la reforma argumentaron también cuestiones políticas, pues a su entender cierra la puerta a las posibilidades de algunas comunidades autónomas de alcanzar la competencia sobre la disolución anticipada de la Cámara.

El portavoz socialista, Joan Marcet, negó esta versión y explicó que la reforma no prejuzga una futura ampliación de competencias.

Núñez, de Izquierda Unida, se extrañó de la celeridad dada a este trámite en comparación con el hecho de que aún estén aparcadas dos propuestas de reforma estatutaria: Asturias y Castilla y León, ésta última presentada por el entonces jefe del Gobierno regional, José María Aznar, actual presidente nacional del Partido Popular.

Sobre la firma

Archivado En