El Gobierno aprueba el decreto sobre cuotas participativas de las cajas

El Consejo de Ministros aprobó en su sesión de ayer el real decreto sobre cuotas participativas de las cajas de ahorros. Ello permitirá a estas entidades, sin menoscabar su naturaleza como tales cajas, la captación ágil de recursos propios y, en consecuencia, les asegura condiciones homogéneas de competencia en relación con las entidades de crédito.El decreto, según el texto definitivamente aprobado, define a las cuotas como valores de duración indefinida. Estos títulos otorgan a sus titulares exclusivamente derechos económicos que como mínimo deben ser los de reparto en el excedente de libre ...

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El Consejo de Ministros aprobó en su sesión de ayer el real decreto sobre cuotas participativas de las cajas de ahorros. Ello permitirá a estas entidades, sin menoscabar su naturaleza como tales cajas, la captación ágil de recursos propios y, en consecuencia, les asegura condiciones homogéneas de competencia en relación con las entidades de crédito.El decreto, según el texto definitivamente aprobado, define a las cuotas como valores de duración indefinida. Estos títulos otorgan a sus titulares exclusivamente derechos económicos que como mínimo deben ser los de reparto en el excedente de libre disposición, el obtener el reembolso de su valor liquidativo en caso de liquidación de la entidad y el derecho de suscripción preferente en caso de nuevas emisiones de cuotas.

Por lo tanto, y salvadas las diferencias, se configuran de forma análoga a las acciones sin voto que establece la Ley de Sociedades Anónimas. Las cuotas deben retribuirse en relación a los beneficios obtenidos y establece, así mismo, la posibilidad de crear un fondo de estabilización cuya función será evitar la fluctuación en la retribución efectiva anual de las cuotas.

Así, del total de excedente que corresponde a las cuotas en un ejercicio económico, la caja podrá decidir la entrega efectiva de una parte y la aplicación del resto a dicho fondo.

En caso de fusión de la caja emisora, debe otorgarse a los titulares de las cuotas la posibilidad de ceder a la entidad sus cuotas contra reembolso contable. Finalmente, el real decreto atiende especialmente la adecuada configuración de las cuotas como recursos propios. De ahí su carácter indefinido y la limitación de retribución de las cuotas en caso de déficit de recursos propios.

El Consejo de Ministros estudió ayer, además, los escenarios presupuestarios y macroeconómicos hasta 1993, según la propuesta efectuada por el ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga. La aprobación de los objetivos para hacer frente al mercado único europeo ha quedado pendiente de aprobación para la próxima semana.

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