TRIBUNALES

Un director de sucursal, condenado por establecer un banco paralelo

Juan Moreno Cozar, director de la sucursal de Cajamadrid en Moral de Calatrava (Ciudad Real), ha sido condenado por la Audiencia Provincial a cinco meses de arresto mayor por un delito de apropiación indebida.

Juan Moreno, de 47 años, estableció un banco paralelo en el que ofrecía a los clientes, mediante un certificado de depósito, un 10% de interés, mientras utilizaba este dinero en hacer, a su vez, préstamos al 14%. Los cuatro puntos de diferencia entre unas y otras operaciones pasaban a su poder.

La sentencia, hecha pública ayer, señala que el procesado desempeñaba su car...

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Juan Moreno Cozar, director de la sucursal de Cajamadrid en Moral de Calatrava (Ciudad Real), ha sido condenado por la Audiencia Provincial a cinco meses de arresto mayor por un delito de apropiación indebida.

Juan Moreno, de 47 años, estableció un banco paralelo en el que ofrecía a los clientes, mediante un certificado de depósito, un 10% de interés, mientras utilizaba este dinero en hacer, a su vez, préstamos al 14%. Los cuatro puntos de diferencia entre unas y otras operaciones pasaban a su poder.

La sentencia, hecha pública ayer, señala que el procesado desempeñaba su cargo "a plena satisfacción de sus superiores, hasta el punto de constituir su oficina una de las más rentables de la región". Asimismo, indica que llegó a realizar un total de 49 operaciones irregulares por una cantidad superiora los 100 millones de pesetas, más los correspondientes intereses.

Con este dinero no contabilizado realizaba préstamos en su propio nombre. Algunas de estas operaciones eran regularizadas después por medio de una póliza concedida por la Caja.

Para su desgracia, la racha de buena suerte terminó el 17 de marzo de 1986 cuando sufrió un grave accidente de coche, que le mantuvo algún tiempo hospitalizado. A raiz de este hecho, los directivos de la entidad descubrieron su proceder irregular.

En el curso de la vista oral, celebrada el pasado día 13, el fiscal y la acusación particular solicitaron para el procesado dos años y seis años y un día de prisión, respectivamente, mientras que la defensa abogó por la libre absolución de su patrocinado.

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