Los despedidos de Almacenes Arias quieren ser parte en el juicio

El abogado de las 31 empleadas de Almacenes Arias a las que se rescindió el contrato de trabajo como consecuencia del incendio del centro cornercial defendió ayer el derecho de éstas a personarse en el proceso por el perjuicio económico causado.El abogado, Víctor Pons, argumentó ante la Sala Cuarta de la Audiencia Provincial que a estas trabajadoras, afectadas por un expediente de regulación de empleo, se les ha fijado sólo una indemnización de 27 días por año trabajado, al considerar la Dirección Proviricial de Trabajo y Seguridad Social que la regulación ha sido causada por fuerza mayor, con...

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El abogado de las 31 empleadas de Almacenes Arias a las que se rescindió el contrato de trabajo como consecuencia del incendio del centro cornercial defendió ayer el derecho de éstas a personarse en el proceso por el perjuicio económico causado.El abogado, Víctor Pons, argumentó ante la Sala Cuarta de la Audiencia Provincial que a estas trabajadoras, afectadas por un expediente de regulación de empleo, se les ha fijado sólo una indemnización de 27 días por año trabajado, al considerar la Dirección Proviricial de Trabajo y Seguridad Social que la regulación ha sido causada por fuerza mayor, consideración que se utiliza cuando se trata de una inundación, un terremoto o un incendio fortuito.

Según Pons, si al final del proceso se desprendiera alguna responsabilidad de los hermanos Arias, propietarios del inmueble, desaparecería la causa de fuerza mayor, por lo que las citadas empleadas deberían cobrar una indemnización de 45 días por año trabajado. Ello supondría un aumento sobre la cantidad fijada que oscilaría entre las 400.000 y las 900.000 pesetas, según los casos, al tener las empleadas una antigüedad de entre 6 y 15 años.

Posible indefensión

Este planteamiento fue apoyado por Manuel Cobo del Rosal, abogado de José Pascual, ex jefe de bomberos del Ayuntamiento de Madrid, y por Antonio Pedreira jefe de la asesoría del Ayuntamiento. Según ellos, si no se admitiera la personación de las trabajadoras en el proceso se produciría un caso de indefensión en el supuesto de que, al final del mismo, existiera una sentencia condenatoria para los Arias.Pedreira añadió que si las compañías que aseguraron los edificios siniestrados habían podido personarse en el recurso, también lo podían hacer los trabajadores, máxime cuando el juzgado de instrucción procesó a los propietarios ante una supuesta previsibilidad del siniestro.

"El edificio se había incendiado anteriormente y el Ayuntamiento había requerido a los propietarios que adoptaran una serie de medidas de protección. Si el juzgado de instrucción ordenó unos procesamientos es porque consideraba que no había una causa de fuerza mayor", afirmó Pedreira. "De seguirse la tesis de que los trabajadores no son perjudicados, si dentro de dos añosse dictara una sentencia conde natoria para los Arias los trabajadores no podrían reclamar al haber pasado el plazo y no estar personados en el recurso", aseguró el jurídico municipal.

Contra esta personación se pronunciaron el fiscal y el abogado que representa a los hermanos Arias. El primero consideró que la doctrina legal es restrictiva en lo que se refiere a la consideración de perjudicados; el segundo manifestó que el expediente de regulación de empleo había sido fallado por la Dirección Provincial de Trabajo.

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Esta petición para personarse en el recurso se produce tres semanas antes de que se vea en la misma sala el recurso contra los procesamientos de Pascual y de los hermanos Arias, cuya vista está fijada para el próximo 15 de diciembre.

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