Cartas al director

La ley del embudo

Quiero relatar un hecho muy curioso que ha sucedido, y no he podido sustraerme a la tentación de ponerlo en conocimiento de la opinión pública. A finales de agosto tenía que cuñar mi hoja de demanda de empleo en la oficina del Inem correspondiente, como cada tres meses. Pero unPasa a la página siguiente Viene de la página anterior

descuido hizo que me pasara de plazo (cinco días), y cuál fue mi sorpresa que al acudir al funcionario encargado en dicha oficina .me dijo que había perdido toda mi antigüedad y además sería sancionado con un mes sin cobrar el subsidio. Ante mis protest...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Quiero relatar un hecho muy curioso que ha sucedido, y no he podido sustraerme a la tentación de ponerlo en conocimiento de la opinión pública. A finales de agosto tenía que cuñar mi hoja de demanda de empleo en la oficina del Inem correspondiente, como cada tres meses. Pero unPasa a la página siguiente Viene de la página anterior

descuido hizo que me pasara de plazo (cinco días), y cuál fue mi sorpresa que al acudir al funcionario encargado en dicha oficina .me dijo que había perdido toda mi antigüedad y además sería sancionado con un mes sin cobrar el subsidio. Ante mis protestas, me indicó que podía alegar. Pero yo no podía alegar que había sido un olvido, por lo que le indiqué que no era justo que me sancionaran cuando la Administración tarda meses en hacer efectivo el pago de cualquier prestación. El funcionario me indicó que ellos tampoco estaban de acuerdo con dicha norma, pero que la ley, así lo establecía. Ante esto desistí de mis protestas y acepté resignadamente la pérdida de antigüedad y la sanción económica.

Es evidente que estamos ante un caso de agravio comparativo, por el cual la. Administración sanciona por unos días de retraso en un hecho administrativo, y en cambio se permite retrasos de meses en tramitar las prestaciones. Por lo cual no tengo más remedio que pensar que la Administración aplica la ley del embudo, haciendo patente una grave desconsideración hacia el ciudadano, que se encuentra en una situación de desigualdad con respecto a la Administración, la cual parece considerar al ciudadano como un menor de edad al que hay que reprender sus acciones, cuando en su seno se cometen verdaderas injusticias hacia los administrados.

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

Por todas estas razones expongo a la opinión pública los hechos y reclamo la reforma del artículo correspondiente, pues no es justo que por pasarse la primera vez de fecha se sancione tan duramente. Comprendo queante un reincidente se tengan que tomar medidas, pero cuando es la primera vez lo considero exagerado e injusto-

Archivado En