Condena de 24 años de prisión para uno de los dos violadores de una joven en León

La Audiencia Provincial de León ha condenado a 24 años y un día, a 13 años y un día de prisión y a una indemnización conjunta de un millón de pesetas, a Ricardo García Alba y Antonio García Soto, respectivamente, como autores de varios delitos de violación y abusos en una joven de 18 años. Los hechos por los que han sido procesados y condenados los dos individuos, ambos de 28 años, ocurriendo sobre las tres de la madrugada del día 27 del pasado mes de diciembre.La joven se hallaba en la carretera de Grulleros, en las cercanías de León, en compañía de un grupo de amigos. Los jóvenes se encontra...

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La Audiencia Provincial de León ha condenado a 24 años y un día, a 13 años y un día de prisión y a una indemnización conjunta de un millón de pesetas, a Ricardo García Alba y Antonio García Soto, respectivamente, como autores de varios delitos de violación y abusos en una joven de 18 años. Los hechos por los que han sido procesados y condenados los dos individuos, ambos de 28 años, ocurriendo sobre las tres de la madrugada del día 27 del pasado mes de diciembre.La joven se hallaba en la carretera de Grulleros, en las cercanías de León, en compañía de un grupo de amigos. Los jóvenes se encontraban cambiando una rueda del vehículo que había reventado después de salirse el coche de la calzada cuando ambos procesados, conocidos por uno de ellos, pararon junto al coche. Ante la avería surgida, la muchacha pidió a los dos hombres, que se dirigían a León, que la acercasen a esta población para desde allí trasladarse a su domicilio, en un pueblo limítrofe.

Delitos diferentes

Poco después de montar la víctima en el coche, éste se desvió con dirección a La Bañeza, en sentido contrario, por un camino vecinal donde, bajo amenazas de muerte, fue obligada a llevar a cabo relaciones siendo repetidamente violada por ambos. Ricardo García Alba, casado, y Antonio García Soto, soltero, los dos naturales de León y fontaneros de profesión, ingresaron en prisión por esta causa a principios del presente año.

[La Audiencia, según informa Efe, señala que perteneciendo el delito de violación al género de los llamados delitos momentaneos, cada acción constituye como regla general un delito, no pudiendo en manera alguna calificarse como un solo delito continuado los distintos accesos carnales realizados por Ricardo en la primera y segunda detención del vehículo, puesto que ambas conductas delictivas se ejecutaron en distinto tiempo y lugar y la segunda se inició después de haber finalizado la primera].

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