Los tribunales no han resuelto aún reclamaciones por objeción fiscal

Los tribunales de Justicia no han emitido aún sentencias sobre las reclamaciones planteadas por los objetores fiscales, que deducen de sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta, en unos casos, y reclaman la devolución, en otros, del porcentaje que supone el capítulo de Defensa en los presupuestos del Estado. Fuentes de la Comisión de Objeción Fiscal de Valencia afirman que más de un millar de objetores de toda España deducirán este año en sus declaraciones el 8,67% de la cuota líquida.Las mismas fuentes, que reconocen que el 58% de los objetores no está censado por las organizaciones que p...

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Los tribunales de Justicia no han emitido aún sentencias sobre las reclamaciones planteadas por los objetores fiscales, que deducen de sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta, en unos casos, y reclaman la devolución, en otros, del porcentaje que supone el capítulo de Defensa en los presupuestos del Estado. Fuentes de la Comisión de Objeción Fiscal de Valencia afirman que más de un millar de objetores de toda España deducirán este año en sus declaraciones el 8,67% de la cuota líquida.Las mismas fuentes, que reconocen que el 58% de los objetores no está censado por las organizaciones que promueven la objeción fiscal, afirman que, en 1986, entre Madrid y Barcelona contabilizaron entre los censados 13.911.058 pesetas deducidas de la declaración de la Renta del año pasado.

De ésta cantidad, 7.977.057 pesetas fue ingresado en organizaciones de carácter social que aceptan el destino de estos fondos, tales como Greeripeace, Manos Unidas, Cáritas, Asociación contra la tortura e Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África (Ipeala), entre otros. Otros 5.934.001 pesetas fueron reclamados a la Administración, por tratarse de declaraciones negativas.

Las delegaciones de Hacienda han remitido sistemáticamente a los objetores fiscales declaraciones de Renta paralelas con los recargos correspondientes, puesto que la Administración no reconoce este tipo de objeción. El trámite siguiente seguido por los interesados ha sido reclamar ante los tribunales económicoadministrativos provinciales, que en sus resoluciones también han desestimado las demandas.

En Valencia, la Sala Primera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial tiene pendiente de resolver al menos un recurso. Fue presentado por T. D., que el pasado mes de diciembre argumentó ante esta instancia judicial que tal objeción "es entendida como una forma de trabajo por la paz y la justicia por amplios sectores de la opinión pública".

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