Repercusiones incalculables

Las repercusiones económicas de este fallo del Tribunal Supremo para la Administración central, las autonomías y los ayuntamientos, son incalculables.El presupuesto de obras de equipamiento comunitario de todas estas administraciones alcanza varios centenares de miles de millones de pesetas cada año y los tipos fiscales del ITE han oscilado, entre 1980 y 1985, entre un 2,5%. y un 5%. Estos datos permiten deducir que a lo largo del periodo de vigencia de las exenciones -de 1980 a 1985- los ministerios, los gobiernos autónomos y los ayuntamientos, han retenido ilegalmente varias decenas de miles...

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Las repercusiones económicas de este fallo del Tribunal Supremo para la Administración central, las autonomías y los ayuntamientos, son incalculables.El presupuesto de obras de equipamiento comunitario de todas estas administraciones alcanza varios centenares de miles de millones de pesetas cada año y los tipos fiscales del ITE han oscilado, entre 1980 y 1985, entre un 2,5%. y un 5%. Estos datos permiten deducir que a lo largo del periodo de vigencia de las exenciones -de 1980 a 1985- los ministerios, los gobiernos autónomos y los ayuntamientos, han retenido ilegalmente varias decenas de miles de millones de pesetas. Dinero que según el fallo del Tribunal Supremo deberán devolver a los contribuyentes.

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El Gobierno puede, sin embargo, no ejecutar o suspender el fallo del Tribunal Supremo alegando que su cumplimiento supone "detrimento grave para la Hacienda pública". Este supuesto está contemplado en la legislación, aunque no ha sido utilizado por el Ejecutivo en las dos ocasiones -recargos municipales sobre el IRPF y aumentos de la contribución territorial- en que los tribunales han declarado ¡legales unas medidas recaudatorias y han obligado al Tesoro a devolver las cantidades ingresadas.

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