COMUNICACIÓN

El Constitucional desestima un recurso sobre tendido aéreo

El Tribunal Constitucional ha dictado un auto por el que declara inadmisible el recurso de amparo presentado por un promotor de vídeos comunitarios contra un decreto del alcalde de Cádiz, Carlos Díaz, del PSOE, por el que se ordenaba la retirada del tendido aéreo sobre la vía pública instalado para el funcionamiento de vídeos comunitarios.El auto tiene fecha del pasado día 23, y considera legítima, según un comunicado oficial del ayuntamiento de la capital, la actuación municipal "y por ello resuelve no admitir dicho irecurso de amparo".

De esta forma, se cierra un largo ciclo de inicia...

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El Tribunal Constitucional ha dictado un auto por el que declara inadmisible el recurso de amparo presentado por un promotor de vídeos comunitarios contra un decreto del alcalde de Cádiz, Carlos Díaz, del PSOE, por el que se ordenaba la retirada del tendido aéreo sobre la vía pública instalado para el funcionamiento de vídeos comunitarios.El auto tiene fecha del pasado día 23, y considera legítima, según un comunicado oficial del ayuntamiento de la capital, la actuación municipal "y por ello resuelve no admitir dicho irecurso de amparo".

De esta forma, se cierra un largo ciclo de iniciativas judiciales planteadas por Agustín Alvariño López, promotor de Viteca, empresa de vídeos comunitarios que se vio afectada por la aplicación el pasado verano del decreto del alcalde, dictado el 2 de junio de 1986. En él, se instaba a los empresarios del sector a que retiraran los cables, que atravesaban inmuebles y cruzaban calles, por carecer de la correspondiente licencia municipal. Finalmente, fue la policía local que la procedió a la retirada de dichas instalaciones, lo que provocó algunas escenas de oposición y enfrentamiento de algunos vecinos.

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La ejecución del decreto se producía después de que el Tribunal Supremo emitiera sentencia favorable al bando del alcalde. Ante esta actuación municipal, el mismo Agustín Alvariño interpuso un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Territorial de Sevilla; recurso que la audiencia estimó como inadmisible. Después de este pronunciamiento, las demás empresas instaladas en Cádiz desistieron de plantear similares iniciativas.

El ayuntamiento está enviado actualmente notificaciones por escrito, advirtiendo que se reanudarán las operaciones de retirada por parte de los servicios municipales del tendido aéreo que aún permanezca.

Por otra parte, informa Juanjo García del Moral, el Juzgado de Instrucción número 13 de Valencia admitió a trámite el pasado día 18 de noviembre una querella presentada por propietarios de vídeo clubes de dístintas zonas de la ciudad contra los representantes legales de seis empresas de vídeo comunitario que funcionan en diversos barrios periféricos de la capital valenciana. La querella se funda en que los vídeos comunitarios no pagan por las películas derechos de emisión. Se estima que el video comunitario alcanza a 15.000-20.000 viviendas de la ciudad. Los vídeo clubes han presentado en el Ayuntamiento varias denuncias contra los tendidos de cables aéreos.

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