Un juez condena a 'Diario 16' por la noticia sobre un funcionario procesado

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Madrid, Rafael Gómez Chaparro, ha condenado a Diario 16 a que indemnice con 1,5 millones de pesetas al funcionario judicial Emigdio Repetto Barragán, sobre quien el mencionado rotativo publicó la noticia de su procesamiento por supuesta falsificación de la firma de un juez. Gómez Chaparro estima que divulgar unos hechos aún no juzgados y relacionar al demandante en casos de corrupción le difamaron con especial gravedad, por tratarse de un funcionario de la Administración de justicia.

El hecho que dio origen a la demanda en defensa...

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El titular del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Madrid, Rafael Gómez Chaparro, ha condenado a Diario 16 a que indemnice con 1,5 millones de pesetas al funcionario judicial Emigdio Repetto Barragán, sobre quien el mencionado rotativo publicó la noticia de su procesamiento por supuesta falsificación de la firma de un juez. Gómez Chaparro estima que divulgar unos hechos aún no juzgados y relacionar al demandante en casos de corrupción le difamaron con especial gravedad, por tratarse de un funcionario de la Administración de justicia.

El hecho que dio origen a la demanda en defensa civil del honor fue la publicación por Diario 16, el 26 de mayo del pasado año, de una información que se hacía eco del auto de procesamiento dictado contra Repetto, oficial del Juzgado de Primera Instancia número 21, por presunta falsificación de la firma de un juez.La sentencia de Gómez Chaparro recoge de lo publicado los titulares Repetto, tras pasar algunos días en Carabanchel, está en libertad provisional y Procesan a un funcionario de justicia por falsificar la firma de un juez, así como esta parte de la información: "Emilio Repetto, bien conocido en ámbitos jurídicos y judiciales, fue detenido (...) en el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Madrid, al que estaba adscrito y del que, al parecer, salió esposado".

En los fundamentos jurídicos de la sentencia se asegura que la información de Diario 16 quebrantó el principio de presunción de inocencia, al "atribuir de forma apodíctica la realización de un hecho delictivo, cuando aún no se ha pronunciado", dice, "el tribunal que debe hacer tal afirmación".

Agrega que "la experiencia diaria de los lectores de prensa" muestra, en cambio, que mientras "conocidos delincuentes, autores de las mayores atrocidades, son merecedores de presuntos, en situaciones como la presente un funcionario de la Administración de justicia no mereció ese respeto".

El juez Rafael Gómez Chaparro condena tanto al redactor de la noticia, Melchor Miralles, como al director de Diario 16, Pedro José Ramírez, y a la empresa editora del periódico.

Para ello, en su sentencia considera en vigor el artículo 65 de la ley de Prensa, conocida como ley Fraga.

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