Sin acuerdo sobre la sanción al juez acusado de disfrazarse

La comisión disciplinaría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudió ayer, entre otros asuntos, y resolverá hoy sobre la propuesta de sanción contra el juez de Puerto del Rosario (Fuerteventura), Manuel Sánchez Álvarez, de 31 años, acusado de realizar funciones judiciales disfrazado de mosquetero durante los pasados carnavales canarios. El retraso en la decisión se ha producido tras la solicitud formulada ayer a la comisión por Jueces para la Democracia, a la que pertenece el expedientado, para que rechace la propuesta de sanción y archive el expediente.El documento de la asocia...

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La comisión disciplinaría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudió ayer, entre otros asuntos, y resolverá hoy sobre la propuesta de sanción contra el juez de Puerto del Rosario (Fuerteventura), Manuel Sánchez Álvarez, de 31 años, acusado de realizar funciones judiciales disfrazado de mosquetero durante los pasados carnavales canarios. El retraso en la decisión se ha producido tras la solicitud formulada ayer a la comisión por Jueces para la Democracia, a la que pertenece el expedientado, para que rechace la propuesta de sanción y archive el expediente.El documento de la asociación judicial progresista afirma que la instrucción del expediente contra Manuel Sánchez se ha realizado con grave limitación de las garantías del expedientado y con irregularidades que han cercenado su derecho de defensa. Rebate también la propuesta del instructor, según el cual los hechos objeto de la sanción merecen la calificación de "abandono de la función judicial".

Jueces para la Democracia denuncia la denegación de personación al expedientado, el rechazo de un careo propuesto por el juez expedientado y otras irregularidades como la "desenfadada valoración de la prueba", en la que se amparan solo los testimonios que hacen bueno "el contenido del anónimo libelo, fruto de una sedicente investigación policial sobre la vida pública y privada de un juez".

Sobre la propuesta de resolución -según la cual Sánchez sería suspendido, trasladado o separado de sus funciones-, Jueces para la Democracia niega que, incluso si fuera cierto que un juez practicó determinadas diligencias en traje de carnaval, el hecho mereciera la calificación de "abandono de la función". Tras un análisis de esta falta muy grave, Jueces para la Democracia concluye que la interpretación según la cual utilizar un disfraz en lugar de la toga u otra indumentaria común significa "una dejación o descuido trascendente de la función", equivale a estirnar la vestimenta como esencial para lo jurisdiccional. Sería tanto, añade, como entender que en el palacio de justicia, y contra lo que afirma el saber popular, el hábito sí hace al monje".

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