EDUCACIÓN

La formación clínica, eje de los futuros planes de estudio de medicina

El grupo de trabajo constituido por el Consejo de Universidades para la elaboración de las directrices generales del título de licenciado en medicina y cirugía acaba de remitir su informe a las universidades. La propuesta de dicho grupo pone el máximo énfasis en la formación clínica, la orientación de las enseñanzas hacia la obtención de una sólida base en medicina general y la máxima coordinación entre los contenidos educativos que se proponen.

El documento de los expertos del grupo noveno, que ha presidido el profesor Francisco Grande Covián, prevé una carrera de seis años de duración...

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El grupo de trabajo constituido por el Consejo de Universidades para la elaboración de las directrices generales del título de licenciado en medicina y cirugía acaba de remitir su informe a las universidades. La propuesta de dicho grupo pone el máximo énfasis en la formación clínica, la orientación de las enseñanzas hacia la obtención de una sólida base en medicina general y la máxima coordinación entre los contenidos educativos que se proponen.

El documento de los expertos del grupo noveno, que ha presidido el profesor Francisco Grande Covián, prevé una carrera de seis años de duración, sin título terminal al final del primer ciclo, y en la que los 440 créditos atribuidos a las materias troncales (obligatorias) constituirían el 80% de los totales de la carrera (550 como mínimo) entre enseñanzas téoricas y clínicas o prácticas. La duración de los estudios prevista sería de 5.500 horas lectivas como mínimo.Tan alto porcentaje de materias obligatorias se debe a que los estudios de Medicina son precisamente los que cuentan con un mayor grado de orientación por parte de las Comunidades Europeas.

Vicente Pedraza, decano de la facultad de Medicina de la Universidad de Granada y miembro del grupo que elaboró la propuesta, señala que las directivas de la CE han contituido el norte de la misma. Los expertos proponen la estructuración de las enseñanzas en un conjunto de "bloques docentes" que abarcan, según los casos, una o varias materias troncales, a fin de potenciar al máximo la coordinación.

Los bloques de materias propuestos son los siguientes: Estructura del organismo humano; Biología molecular y celular; Introducción a la Medicina. Metodología científica; Estructura microscópica y macroscópica y función de los aparatos y sistemas corporales en estado de salud; Psicología y psicosociología médicas; Causas, mecanismos, manifestaciones generales y expresión morfopatológica de la enfermedad; Métodos de diagnóstico y principios terapéuticos generales; Patología médica y patología quirúrgica de aparatos y sistemas; Obstetricia y gineología; Pediatría; Psiquiatría; Medicina comunitaria preventiva y salud pública; Medicina legal y toxicología. Deontología y Derecho médico.

Red sanitaria pública

El informe insiste en la trascendencia de la formación clínica y en la necesidad de la plena utilización de los dispositivos del sistema sanitario "se encuentren o no relacionados con la universidad". Vicente Pedraza manifestó a este periódico que se encuentran bastante avanzados los contactos entre las administraciones educativa y sanitaria y la Universidad para establecer los conciertos que permitan esa plena utilización docente de la red sanitaria pública, imprescindible para garantizar la formación clínica que se pretende.El informe no alude a las especialidades médicas, puesto que, según Pedraza, esta es una cuestión que depende de la decisión política del Gobierno. A éste compete regular la aplicación en España de la directiva de la CE sobre la formación especializada en Medicina General, origen del conflicto protagonizado por los estudiantes de Medicina durante el presente curso. El Gobierno, en respuesta a una pregunta del Grupo Parlamentario Popular sobre esta cuestión, ha anunciado su propósito de dar el título de médico generalista a todos aquellos que terminen la licenciatura en Medicina y Cirugía antes del 1 de enero de 1995, fecha para la entrada en vigor de la directiva comunitaria.

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