La juez Huerta enviará al Supremo las diligencias del 'caso Linaza' para que decida si procesa a González

La magistrada María Elisabeth Huerta, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao, ha ordenado el levantamiento de diligencias para acreditar diversos extremos relacionados con la tramitación del caso Linaza. Se trata, según fuentes jurídicas, del último trámite antes de elevar las actuaciones al Tribunal Supremo, que deberá decidir sobre el procesamiento del presidente del Gobierno, Felipe González; el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, y el titular de Interior, José Barrionuevo, por un posible delito de denegación de auxilio a la justicia tras la incomparecencia de 90 guardias...

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La magistrada María Elisabeth Huerta, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao, ha ordenado el levantamiento de diligencias para acreditar diversos extremos relacionados con la tramitación del caso Linaza. Se trata, según fuentes jurídicas, del último trámite antes de elevar las actuaciones al Tribunal Supremo, que deberá decidir sobre el procesamiento del presidente del Gobierno, Felipe González; el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, y el titular de Interior, José Barrionuevo, por un posible delito de denegación de auxilio a la justicia tras la incomparecencia de 90 guardias en septiembre del año pasado.

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Huerta inició unas diligencias de oficio, tras conocer las circunstancias que rodearon la orden para que los 90 guardias convocados a ruedas de reconocimiento ante Tomás Linaza ignoraran la citación judicial. Linaza, de 63 años de edad, padre del presunto activista de ETA del mismo nombre, denunció haber sido torturado durante su detención en mayo de 1981. El Tribunal Supremo es el único competente para procesar a los miembros del Gobierno.La Dirección General de la Guardia Civil comunicó a la juez que los agentes no acudirían, aunque lo hicieron meses más tarde, al ser citados nuevamente. Los ministros Ledesma y Barrionuevo argumentaron que las ruedas de reconocimiento podían ser vejatorias para los guardias e informaron en un debate en el Congreso de los Diputados que la orden de no acudir había sido conocida y autorizada por el presidente del Gobierno.

La juez ha incorporado a las diligencias un vídeo con las intervenciones de los ministros, copia del acta de las sesiones parlamentarias, así como las declaraciones del coronel jefe del servicio informático de la Guardia Civil, del teniente coronel que firmó la orden para que los guardias no acudieran al juzgado y de un coronel, inmediato superior de este último.

La providencia, dictada por la juez el pasado 24 de abril, ordenó levantar por la secretaría del juzgado diligencias acreditativas sobre la forma en que se ha desarrollado la investigación por los presuntos malos tratos a Linaza. Entre otras circunstancias, se acreditará ante el Tribunal Supremo la forma en que se practican las ruedas de reconocimiento, las preguntas que se formulan, cómo se hicieron las citaciones, el tiempo que el denunciante ve a las personas de la rueda, la presencia del ministerio fiscal en las actuaciones y si recurrió antes del mes de septiembre contra la práctica de las ruedas.También se acreditará ante el Supremo si se privó al Ministerio del Interior o a la Dirección General de la Guardia Civil de personarse en las actuaciones, las diligencias tramitadas por malos tratos durante los años 1985 y 1986, el número de guardias que habían pasado ya por ruedas y fueron citados en septiembre, el número de agentes incluidos en cada uno de los listados enviados por la Guardia Civil y el destino que ocupaban los 90 guardias que debían haber comparecido en septiembre pasado.

Aclarar anomalías

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La misma providencia requiere a la Dirección General de la Guardia Civil para que, en el término de 15 días, aclare anomalías observadas en las respuestas a oficios judiciales anteriores y discrepancias entre listados de guardias entregados al juzgado por la propia dirección del cuerpo y por la 512 Comandancia de Bilbao. Fuentes jurídicas han señalado que el juzgado pidió a la Guardia Civil información sobre los agentes que pudieron tener proximidad física al detenido durante su permanencia en el cuartel de La Salve, en Bilbao. La juez recibió, en primer lugar, una relación da los guardias participanes en la detención, más el instructor y el secretario de las diligencias policiales, que ya eran conocidos de antemano por el juzgado.

En respuesta a una nueva petición sobre los agentes de servicio en aquellas fechas en la comandancia, la Guardia Civil entregó un listado con más de 800 nombres, sin orden, antigüedad ni clase de los citados. Tras comprobarse que no aparecían tres guardias de los que se conocía su presencia en la comandancia, el juzgado recibió una relación de guardias agregados a los servicios, con más de 600 nombres y en las mismas condiciones que la anterior.

Entre otras anomalías observadas en los listados, agentes pertenecientes al servicio de información aparecen incluidos en departamentos distintos y otros figuran simultáneamente en dos y hasta en tres destinos diferentes. Finalmente, la juez logró establecer la existencia en el cuartel de La Salve en las fechas de la detención de Linaza de un servicio especial de incidencias, cuya misión era la custodia de los calabozos, por lo que sus integrantes habrían podido tener acceso al denunciante o conocer quién lo había tenido.

En la actual situación de las diligencias sobre el caso Linaza, el principal objetivo de la investigación es identificar a tres guardias que al regreso de un funeral por dos compañeros asesinados en un atentado terrorista penetraron de uniforme en la celda del detenido y le propinaron una fuerte paliza, según afirma Linaza. Al requerimiento de la juez para que comparecieran los miembros del servicio especial de incidencias sólo fueron enviados dos guardias, de los que uno negó haber participado en el mismo y el otro afirmó haberlo prestado en la localidad de Amorebieta, a varias decenas de kilómetros de Bilbao.

La juez ha ordenado también librar otro oficio a la Dirección General de la Guardia Civil para que informe del motivo de que no se haya practicado una información interna ni se hayan abierto expedientes disciplinarios como consecuencia de los malos tratos a Linaza, que podrían constituir, desde el punto de vista disciplinario, un caso de falta grave.

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