Cartas al director

Gestión de Alcalá-Meco

Ante las afirmaciones vertidas en la carta publicada por ese periódico en fecha 21-4-1987 y firmada por la señora o señorita Calcerrada Fornielles, las centrales sindícales abajo firmantes quieren realizar las siguientes puntualizaciones, ya que los estamentos que deberían replicar no lo han hecho:1. Queremos resaltar y defendemos absolutamente la eficaz gestión del señor Martínez Cadarso como director del centro penitenciario de Alcalá-Meco, destacando su trayectoria profesional en lo que a la defensa de los valores democráticos (derechos humanos incluidos) se refiere, siempre dent...

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Ante las afirmaciones vertidas en la carta publicada por ese periódico en fecha 21-4-1987 y firmada por la señora o señorita Calcerrada Fornielles, las centrales sindícales abajo firmantes quieren realizar las siguientes puntualizaciones, ya que los estamentos que deberían replicar no lo han hecho:1. Queremos resaltar y defendemos absolutamente la eficaz gestión del señor Martínez Cadarso como director del centro penitenciario de Alcalá-Meco, destacando su trayectoria profesional en lo que a la defensa de los valores democráticos (derechos humanos incluidos) se refiere, siempre dentro de la legalidad vigente.

2. Que lo anteriormente expuesto queda avalado a través de las más de 200 denuncias presentadas, tanto contra los funcionarios de este centro como contra su dirección y de las cuales no ha prosperado judicialmente ni una sola de ellas, por lo cual entendemos que se basan en hechos falsos, con el único ánimo de crear un estado de opinión en el público contra el centro de Alcalá-Meco.

3. Que todos los trabajadores al servicio de la administración penitenciaria somos los primeros interesados en salvaguardar y hacer respetar tanto los derechos como los deberes de los internos, estrictamente recogidos en la vigente ley orgánica General Penitenciaria (LOGP), la cual fue aprobada por aclamación de todas las fuerzas políticas representadas en el Parlamento.

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4. Que la citada carta demuestra el desconocimiento de la firmante de la misma de la legislación penitenciaria, al atribuir toda la responsabilidad en materia de sanciones al director del centro, cuando los acuerdos en la señalada materia se toman en órgano colegiado, según el artículo 262 y siguientes del reglamento penitenciario.- delegado de CC OO. Javier Ramírez Tomé, delegado de UGT. Antonio Sánchez delegado de UFI.

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