TRIBUNALES

Admitida la demanda de José Oneto contra el Grupo 16 por la cláusula de conciencia

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid, Guillermo Ripoll, ha admitido a trámite la demanda del periodista José Oneto, quien invoca la cláusula de conciencia, contra el Grupo 16, editor del semanario Cambio 16, del que Oneto fue su primer director durante 10 años, y posteriormente director de publicaciones de la empresa editora. Entre otros motivos, el periodista fundamenta su demanda en el cambio de línea de la revista, materializado en una serie de mutilaciones y reducciones en los trabajos realizados por Oneto cuando significaban una crítica para la llamada ...

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El titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid, Guillermo Ripoll, ha admitido a trámite la demanda del periodista José Oneto, quien invoca la cláusula de conciencia, contra el Grupo 16, editor del semanario Cambio 16, del que Oneto fue su primer director durante 10 años, y posteriormente director de publicaciones de la empresa editora. Entre otros motivos, el periodista fundamenta su demanda en el cambio de línea de la revista, materializado en una serie de mutilaciones y reducciones en los trabajos realizados por Oneto cuando significaban una crítica para la llamada operación Roca.Oneto señala en su demanda que el mencionado grupo editorial experimentó a partir del mes de julio último una modificación de su línea periodística, en favor de la operación reformista, liderada por Miquel Roca. Entre otras manifestaciones de esta alteración, el periodista resalta la venta de acciones a personas afines al Partido Reformista Democrático (PRD) y el cambio de consejeros de administración con igual orientación.

Asimismo, asegura que muchos de sus trabajos como columnista político de Cambio 16 fueron objetos de mutilaciones, reducción de espacio o no publicación cuando contenían referencias críticas al PRD. Ante el hecho de que el grupo editorial continúa pagando a Oneto, el demandante ha ampliado su demanda por entender que la remuneración, unida a las limitaciones al ejercicio de su profesión, puede significar una fórmula de "comprar su silencio" o de ejercicio de censura previa, tajantemente prohibido por la Constitución.

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