TRIBUNALES

La Audiencia Nacional critica duramente al Gobierno por su actuación en el caso del colombiano Rodríguez Orejuela

La Audiencia Nacional ha criticado duramente al Gobierno por su intervención en el proceso de extradición del colombiano Gilberto Rodríguez Orejuela, reclamado, por Colombia y Estados Unidos por tráfico de droga a gran escala. El Gobierno planteó un conflicto de Jurisdicción cuando la Audiencia Nacional ya había acordado en firme la entrega de Orejuela a Colombia. El Gobierno pretende decidir sobre la entrega de Orejuela a EE UU o a Colombia y la Audiencia se niega a inhibirse. Ahora deberá ser la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo la que solucione el problema. En un auto, la Audiencia se...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La Audiencia Nacional ha criticado duramente al Gobierno por su intervención en el proceso de extradición del colombiano Gilberto Rodríguez Orejuela, reclamado, por Colombia y Estados Unidos por tráfico de droga a gran escala. El Gobierno planteó un conflicto de Jurisdicción cuando la Audiencia Nacional ya había acordado en firme la entrega de Orejuela a Colombia. El Gobierno pretende decidir sobre la entrega de Orejuela a EE UU o a Colombia y la Audiencia se niega a inhibirse. Ahora deberá ser la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo la que solucione el problema. En un auto, la Audiencia señala que el Gobierno, al plantear el conflicto, lo único que pretende es, mediante una fraudulenta vía, (...) alterar el contenido de la resolución", es decir, conseguir la entrega. de Orejuela a EE UU en lugar de a Colombia.

La Audiencia Nacional resolvió la entrega de Gilberto Rodríguez Orejuela a Colombia por aplicación de la ley de Extradición de 1958, vigente en el momento de los hechos, en lugar de la nueva ley de Extradición, aprobada en 1985. El primero de los textos legales, precisa que son los tribunales los que deben decidir sobre qué solicitud tiene la preferencia cuando dos o más países reclaman a un detenido. La ley de 1985 reserva al Gobierno la facultad de resolver sobre la preferencia.Rodríguez Orejuela fue detenido en Madrid junto con el también colombiano Jorge Luis Ochoa, ambos acusados de tráfico de cocaína. Estados Unidos y Colombia solicitaron su extradición para juzgarles por los mismos hechos, y, tiras sendos laberintos jurídicos de recursos del fiscal y de los defensores, la Audiencia Nacional acordó en resolución firme (contra la que no cabe recurso) la procedencia de las dos peticiones, aunque se otorgaba la preferencia a la solicitud de Colombia.

Previamente, y respecto a la petición de Ochoa, la audiencia había estimado que el caso estaba inserto en un contexto político, pues pretendía implicarse al Gobierno de Nicaragua en el narcotráfico internacional.

Fraude de ley

Cuando la resolución sobre Orejuela era definitiva, el Gobierno, a través de su delegado en la Comunidad de Madrid, como ordena la ley, pidió a la audiencia que se abstuviera de ejecutar su propia decisión, alegando que era competencia del Ejecutivo.La Audiencia, en un auto elaborado por el magistrado Javier Gómez de Liaño, critica en términos muy duros al Gobierno por interponer el conflicto de competencias cuando la audiencia ya se había decidido por la entrega a Colombia. La audiencia dice: "El problema no es de capacidad de persuasión, y sí más bien, de no querer entender lo que es fácilmente inteligible. Una cosa es la comprensión y otra la desatención. Los razonamientos y partes dispositivas de los autos son diáfanos; sus efectos inmediatos, también: la ejecución, obligatoria por parte de la Administración".

Los miembros del tribunal señalan que la actitud del Gobierno "reviste todos los caracteres de una iniciativa que, bajo falaz ropaje de cuestión de competencia, pretende hacer caso omiso de lo resuelto ( ... ) vulnerando con ello principios de tan elevado rango como los de seguridad jurídica, legalidad, y efectividad de la fuerza vinculante de la cosa juzgada que proclaman los artículos 9.3 y 117.3 de la Constitución".

El tribunal precisa que se expresa con esta contundencia debido a la "energía de reacción frente a lo que merece calificarse, por lo menos, de renuente postura de la Administración de hacer eficaz cumplimiento de lo acordado". El auto agrega que el tribunal tiene la obligación de rechazar los incidentes que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal. El fraude de ley implica ampararse en una ley para conseguir un resultado contrario a las leyes.

El texto judicial aclara que el conflicto "nunca puede usarse como artilugio para revisar la propia resolución judicial".

Archivado En