TRIBUNALES

El fiscal considera injustificado el traslado del funcionario que solicitó utilizar el 'Azor'

El ministerio fiscal solicitó ayer, en una vista pública celebrada en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia de Barcelona, que se estimase la demanda interpuesta por Francisco Sánchez Tovar, un funcionario del Instituto Nacional de Empleo (Inem) de Badajoz, en la que se pide dejar sin efecto el traslado de este funcionario a Barcelona. Sánchez Tovar fue destinado en octubre del año pasado a Barcelona tras haber tramitado una petición en la que solicitaba al presidente Felipe González la utilización del yate Azor en sus vacaciones.El catedrático Rafael Entrena C...

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El ministerio fiscal solicitó ayer, en una vista pública celebrada en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia de Barcelona, que se estimase la demanda interpuesta por Francisco Sánchez Tovar, un funcionario del Instituto Nacional de Empleo (Inem) de Badajoz, en la que se pide dejar sin efecto el traslado de este funcionario a Barcelona. Sánchez Tovar fue destinado en octubre del año pasado a Barcelona tras haber tramitado una petición en la que solicitaba al presidente Felipe González la utilización del yate Azor en sus vacaciones.El catedrático Rafael Entrena Cuesta presentó un recurso de amparo demandando la suspensión del acto administrativo por el que el funcionario fue trasladado a Barcelona en comisión de servicio, por entender que el cambio de destino obedeció a una sanción y no a necesidades laborales. El abogado y el ministerio fiscal coincidieron en estimar que la decisión del traslado lesionaba los derechos fundamentales. Así, subrayaron que con esta actitud se vulneraban los artículos 14 y 23 de la Constitución, puesto que con el traslado se producía una desigualdad de derechos entre los funcionarios.

Sánchez Tovar fue trasladado a Barcelona el 16 de octubre de 1985 en comisión de servicio, según se señalaba en la notificación del Inem. Sin embargo, Entrena manifestó en el transcurso de la vista que éste no fue el motivo del cambio de destino, puesto que su defendido no estaba capacitado para el puesto de trabajo que le habían asignado en Barcelona.

El abogado subrayó que el traslado no obedeció a una necesidad de personal en las oficinas de Barcelona, ya que durante el tiempo en que permaneció Sánchez Tovar en esta ciudad, un mes y medio, funcionarios de allí fueron destinados a otras capitales españolas. En opinión de este letrado y del ministerio fiscal, el traslado de Sánchez Tovar no obedeció a motivos laborales.

El catedrático Entrena Cuesta afirmó que con la instancia en la que se solicitaba la utilización del yate Azor para las vacaciones familiares, el funcionario estaba ejerciendo su derecho de petición de un bien del patrimonio nacional. "Sin embargo, ante esto la Administración reaccionó imponiendo una sanción que suponía el traslado forzoso".

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