CASTILLA Y LEÓN

Declarado ilegal un tributo municipal para máquinas de juego en Valladolid

El Tribunal Económico Administrativo de la provincia de Valladolid ha declarado ilegal una ordenanza fiscal impuesta por el Ayuntamiento de Valladolid, por la que se regulaba un tributo, con fin no fiscal, sobre tenencia y explotación de máquinas de juego y sonoras en bares, cafeterías y otros establecimientos comerciales.El Ayuntamiento vallisoletano tenía previsto recaudar unos 50 millones de pesetas durante 1985 por medio de este tributo que también ha sido impuesto en otros ayuntamientos españoles con objeto de aliviar la grave situación económica que sufren los municipios.

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El Tribunal Económico Administrativo de la provincia de Valladolid ha declarado ilegal una ordenanza fiscal impuesta por el Ayuntamiento de Valladolid, por la que se regulaba un tributo, con fin no fiscal, sobre tenencia y explotación de máquinas de juego y sonoras en bares, cafeterías y otros establecimientos comerciales.El Ayuntamiento vallisoletano tenía previsto recaudar unos 50 millones de pesetas durante 1985 por medio de este tributo que también ha sido impuesto en otros ayuntamientos españoles con objeto de aliviar la grave situación económica que sufren los municipios.

El Ayuntamiento de Valladolid, con alcalde del PSOE, acordó el 28 de septiembre de 1984 imponer este tributo no fiscal, que fue recurrido posteriormente por la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas de Valladolid.

El contenido de la sentencia del Tribunal Económico Administrativo alude al carácter limitativo de la facultad de las corporaciones locales de establecer y exigir tributos, de acuerdo con el artículo 113 de la Constitución señalando que aquellos de naturaleza no fiscal tendrán que ir asistidos "de la explicación de los fines perseguidos con la implantación, razones de todo orden que los motiven y justificación de la inexistencia de otros medios coercitivos para conseguir la finalidad perseguida".

La sentencia, a la que tia tenido acceso EL PAIS, señala asimismo el carácter de excepcionalidad de los tributos de naturaleza no fiscal que "han de responder a causas justíficadísimas". Según el Tribunal Económico Administrativo de Valladolid, estos requisitos no son cumplidos por la ordenanza municipal, reguladora de tal tributo, por lo que ha sido declarado ilegal.

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