Ultimado el decreto-ley de Medidas Urgentes de Politica Económica

El Ministerio de Economía y Hacienda preparaba anoche el envío al Boletín Oficial del Estado (BOE), previsto para hoy, del decreto ley de Medidas Urgentes de Política Económica. Se pretende que la disposición entre en vigor desde el momento de su promulgación, quizá mañana.Un portavoz del BOE confirmó que el texto sería incluido en la edición siguiente a su llegada. Así pues, este avance del paquete económico probablemente esté vigente desde mañana, jueves.

Aparte irán los decretos y órdenes con la nueva tabla de retenciones fiscales, la elevación de las cantidades que pod...

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El Ministerio de Economía y Hacienda preparaba anoche el envío al Boletín Oficial del Estado (BOE), previsto para hoy, del decreto ley de Medidas Urgentes de Política Económica. Se pretende que la disposición entre en vigor desde el momento de su promulgación, quizá mañana.Un portavoz del BOE confirmó que el texto sería incluido en la edición siguiente a su llegada. Así pues, este avance del paquete económico probablemente esté vigente desde mañana, jueves.

Aparte irán los decretos y órdenes con la nueva tabla de retenciones fiscales, la elevación de las cantidades que podrán sacarse al viajar al extranjero, el aumento de los colectivos que podrán beneficiarse de bonificaciones del 50% en las cuotas a la Seguridad Social y otro decreto que desarrolla el nuevo régimen de las inversiones extranjeras.

Aprobado en el último Consejo de Ministros, el decreto-ley -tal y como se anunció con este motivo- liberaliza casi totalmente las inversiones extranjeras, reduce los impuestos de las empresas (al constituirse, realizar nuevas inversiones y generar empleo), facilita la conversión de viviendas en locales, liberaliza también los horarios comerciales de apertura y cierre, permite al Gobierno comprometer inversiones públicas para los próximos años, e intenta movilizar el mercado de alquileres y construcción de viviendas con nuevas desgravaciones fiscales y con la supresión de la prórroga forzosa.

Trámite parlamentado

La urgente necesidad en introducir estos cambios legales por decretoley (es decir, sin la previa aprobación del Parlamento) habrá de ser reconocida por las Cortes, mediante la convalidación de su texto. Ello será un mero trámite parlamentario, debido a la mayoría socialista y al juicio favorable recibido en la oposición conservadora, para la que dichas medidas llegan tarde y son incompletas.En la exposición de motivos del decreto ley se concreta la urgencia de estimular el consumo y la inversión, flexibilizar la economía, crear empleo y apoyar al sector de la construcción. Las medidas son justificadas tanto para compensar el freno en el estímulo exterior al crecimiento económico procedente de las exportaciones como por la proximidad de la entrada de España en la Comunidad Económica Europea (CEE).

La lentitud en la aprobación y luego promulgación del decreto ley, anunciado hace un mes por el ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer, ha sido atribuida en medios de la Administración a que entonces las medidas no estaban perfiladas en sus aspectos jurídicos. Según fuentes gubernamentales, la Comisión Delegada del Gobierno del lunes de la semana pasada todavía trabajó con un esquema, no con el texto articulado.

Ya en este decreto ley, además de haber plasmado la mayor liberalización acordada por el Consejo de Ministros último respecto a lo anunciado por Boyer, el Ministerio de Economía y Hacienda ha introducido garantías para los afectados por las libertades de transformar viviendas en locales, ampliar los horarios comerciales y suprimir la prórroga forzosa en el arrendamiento de viviendas.

En virtud de dichas garantías, las nuevas libertades no podrán lesionar en ningún caso derechos adquiridos o derivados de las normas propias de las comunidades de propietarios, los ayuntamientos o las comunidades autónomas, según fuentes gubernamentales.

En las inversiones extranjeras, sólo necesitarán autorización del Gobierno, que hasta ahora debe darla a partir de 25 millones de pesetas, las destinadas a sectores especiales. Con esta calificación aparecerán, entre otras, las empresas de refino, las emisoras locales de radio y las sociedades farmacéuticas.

Otros cambios

El impuesto por constituir una empresa baja del 3% al 1 % del capital desembolsado.La desgravación del 17% en el impuesto sobre la renta de las personas risicas (IRPF) para la adquisición de acciones por los trabajadores se extiende a las empresas que no cotizan en Bolsa. También se permitirá la desgravación del 17% por las compras de viviendas distintas a las de residencia del propietario.

Asimismo, habrá libertad de amortización para las inversiones iniciadas en los próximos años, y será suprimido el tope del 30% de la cuota en el impuesto sobre sociedades para desgravar 500.000 pesetas por cada nueva contratación.

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