Los alcaldes podrán prohibir grabaciones de los plenos, según el Supremo

Una sentencia del Tribunal Supremo ha puesto fin a la llamada guerra de las grabadoras, en Tenerife. El alto tribunal ha confirmado que los alcaldes podrán prohibir el uso de magenetófonos en los plenos.El conflicto empezó en diciembre de 1983, al oponerse el alcalde del municipio de Arafo, Domingo Calzavilla, del Grupo Popular, a que un concejal del PSOE utilizara un magnetófono durante la celebración de un polémico pleno. El mismo incidente se produjo, casi simultáneamente, a seis kilómetros de dicha localidad, en el Ayuntamiento de Candelaria, gobernado también por el Grupo Popular....

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Una sentencia del Tribunal Supremo ha puesto fin a la llamada guerra de las grabadoras, en Tenerife. El alto tribunal ha confirmado que los alcaldes podrán prohibir el uso de magenetófonos en los plenos.El conflicto empezó en diciembre de 1983, al oponerse el alcalde del municipio de Arafo, Domingo Calzavilla, del Grupo Popular, a que un concejal del PSOE utilizara un magnetófono durante la celebración de un polémico pleno. El mismo incidente se produjo, casi simultáneamente, a seis kilómetros de dicha localidad, en el Ayuntamiento de Candelaria, gobernado también por el Grupo Popular.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de apelación, interpuesto por los concejales del PSOE en la oposición, a una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Tenerife. Los concejales socialistas, amparándose en la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales del hombre, habían recurrido contra la decisión del Ayuntamiento de Arafo, adoptada en un pleno, de prohibir tanto al público como a los concejales la entrada a la sala de sesiones de grabadoras, bolsos u otros objetos.

El recurso de reposición de los ediles socialistas fue rechazado por el Ayuntamiento en abril de 1984 y cinco meses después la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Provincial dio la razón al Ayuntamiento. Ahora, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de apelación de los mismos concejales, al entender que la facultad de prohibir o autorizar es una competencia de gobierno de régimen interno y en este caso "no vulnera ninguno de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución".

El alcalde Domingo Calzadilla, que tiene la mayoría en la corporación al contar su grupo con seis concejales frente a cuatro del PSOE y uno del PCE, alude a su experiencia de 11 años ininterrumpidos al frente del Ayuntamiento para explicar los hechos que provocaron este conflicto.

"Yo invité al concejal varias veces a retirar el magnetófono", afirmó Calzadilla. "Como se negó, requerí la presencia primero de la Policía Municipal y después de la Guardia Civil, que tampoco lograron convencerle. No interrumpí el pleno ni expulsé al concejal. Ante el desacato a la autoridad, en la misma sesión se acordó comunicar lo ocurrido al Gobierno Civil y al juzgado de guardia".

En un pleno posterior fue aprobada una moción suya en sentido prohibitivo y se publicó un bando de la alcaldía al respecto. "Mi única intención", dijo el alcalde, "ha sido salvaguardar el decoro de los concejales y evitar que se sintieran coartados en sus intervenciones. Hubiera sido un mal precedente".

Por su parte Juan Luis Alzola, concejal socialista, declaró que "se trataba de comprobar hasta qué punto las actas de las sesiones recogían lo que se decía en los plenos, sobre todo las alusiones personales del alcalde. Por eso me llevé aquel día la grabadora". Como consecuencia de la notificación del alcalde al juzgado de guardia, el concejal fue condenado en un juicio de faltas al pago de una multa de 5.000 pesetas y las costas de la vista, por desobediencia al alcalde.

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