El Congreso aprueba la nueva ley de Extradición Pasiva

La Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados aprobó ayer, por unanimidad y con competencia legislativa plena, el proyecto de ley de Extradición Pasiva, informa Efe. Este proyecto, que regula de nuevo la materia, afecta a las condiciones en que España entregará a otros países, cuando lo soliciten, a personas o delincuentes que se encuentren en su territorio.

La aprobación por la comisión con competencia legislativa plena implica que el proyecto ya no debe pasar por el pleno de la Cámara para su aprobación.

Con esta nueva ley se actualiza la regulación de la...

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La Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados aprobó ayer, por unanimidad y con competencia legislativa plena, el proyecto de ley de Extradición Pasiva, informa Efe. Este proyecto, que regula de nuevo la materia, afecta a las condiciones en que España entregará a otros países, cuando lo soliciten, a personas o delincuentes que se encuentren en su territorio.

La aprobación por la comisión con competencia legislativa plena implica que el proyecto ya no debe pasar por el pleno de la Cámara para su aprobación.

Con esta nueva ley se actualiza la regulación de la extradición pasiva, que se acomoda a los convenios internacionales suscritos por España. También se distribuyen las competencias para la entrega de personas a otros Estados entre los tribunales y el Gobierno. Hasta la fecha, el régimen de extradiciones pasivas, especialmente en cuanto al procedimiento que ha de seguirse para su concesión, estaba regulado por una ley de 1958.

En materia de prisión preventiva se sigue el criterio constitucional de dar intervención al juez desde un principio, suprimiendo el régimen antiguo, que permitía la detención sin intervención judicial hasta la resolución del expediente en vía gubernativa. El plazo de prisión preventiva para casos de urgencia se fija en 40 días, tiempo. considerado suficiente para que el Estado reclamante curse la demanda de extradición.

Establece también la ley la facultad del Gobierno de no proceder a la extradición, aun habiéndola considerado procedente el tribunal, en base al principio de "reciprocidad, soberanía, seguridad, orden público y demás intereses de España".

"En todo caso", dispone el artículo primero de la ley, "la extradición sólo se concederá atendiendo al principio de reciprocidad."

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Por otra parte, el Congreso aceptó a trámite la proposición de ley, suscrita por todos los grupos, por la que "en ningún caso podrá establecerse un proceso civil, en aplicación de la ley de protección al derecho de honor, a la intimidad personal y a la propia imagen contra un diputado o senador sin previa autorización del Congreso o Senado".

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