Cartas al director

¿Ruiseñores en cautividad?

En su diario del 1 de julio, en su espacio Animales, firmado por Elicio Dómbriz, observamos con estupor e indignación, por el desconocimiento de las leyes en vigor, cómo este señor se permite dar algunos consejos para tener ruiseñores en cautividad, cuando el Real Decreto 3.181/1980 prohíbe, en su artículo primero, en todo el territorio nacional la caza, captura, tenencia, tráfico, comercio y exportación de una serie de especies de animales, entre las que se encuentran los ruiseñores (aves, Muscicapidae).Nos parece que el daño que este señor puede haber causado a nuestra fauna ornitológ...

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En su diario del 1 de julio, en su espacio Animales, firmado por Elicio Dómbriz, observamos con estupor e indignación, por el desconocimiento de las leyes en vigor, cómo este señor se permite dar algunos consejos para tener ruiseñores en cautividad, cuando el Real Decreto 3.181/1980 prohíbe, en su artículo primero, en todo el territorio nacional la caza, captura, tenencia, tráfico, comercio y exportación de una serie de especies de animales, entre las que se encuentran los ruiseñores (aves, Muscicapidae).Nos parece que el daño que este señor puede haber causado a nuestra fauna ornitológica incitando a otras gentes tan ignorantes como él en este tema sólo puede ser paliado, en parte, con una rápida rectificación, procurando tener más cuidado en lo sucesivo, ya que las leyes están para ser observadas, siendo los medios de comunicación un vehículo para hacer que se respeten y no al contrario.-

, presidente de la Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA).

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