El Gobierno regulará el correcto comportamiento de los colegios profesionales

Los médicos, abogados o profesionales liberales semejantes que ejerzan su función de manera independiente tendrán la obligación de entregar factura al cliente sin necesidad de que se les solicite. Ése será uno de los métodos para asegurar la colaboración de los colegios profesionales con la Hacienda pública, de acuerdo con el texto del anteproyecto que regula el funcionamiento de estos colegios y que fue distribuido esta semana a la Comisión de Subsecretarios.

Asegurar el cumplimiento de los deberes fiscales y deontológicos de los profesionales constituye el principal objetivo de los re...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Los médicos, abogados o profesionales liberales semejantes que ejerzan su función de manera independiente tendrán la obligación de entregar factura al cliente sin necesidad de que se les solicite. Ése será uno de los métodos para asegurar la colaboración de los colegios profesionales con la Hacienda pública, de acuerdo con el texto del anteproyecto que regula el funcionamiento de estos colegios y que fue distribuido esta semana a la Comisión de Subsecretarios.

Asegurar el cumplimiento de los deberes fiscales y deontológicos de los profesionales constituye el principal objetivo de los redactores del anteproyecto de ley de los Colegios Profesionales, que podría ser aprobado por el Consejo de Ministros el próximo mes de mayo.El anteproyecto establece la posibilidad de que pueda exigirse a los colegios que constituyan o contraten un seguro que cubra el riesgo de responsabilidad civil en la actuación profesional de los colegiados, tema que adquiere una importancia especial en el caso de los médicos y que aproximará la regulación española en esta materia a la vigente en numerosos países europeos y en Estados Unidos. Mediante estos seguros se garantizará al cliente la correspondiente indemnización en caso de actuaciones indebidas por parte de los colegiados.

Mayor control

Los profesionales con licenciatura universitaria de grado superior o medio, y sólo ellos, tendrán derecho y obligación de colegiarse. Sin embargo, esta colegiación no será obligatoria para quienes ejerzan su actividad al servicio de una Administración pública, dado que corresponderá a dicha Administración la exigencia del cumplimiento de las normas deontológicas. Con ello se suprime la actual obligación de colegiarse para cuantos sean funcionarios públicos y no ejerzan paralelamente su profesión de forma privada.Según el anteproyecto, los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, dirigidas básicamente a "asegurar el ejercicio responsable de la profesión". El subsecretario de la Presidencia, Jose María Rodríguez Oliver, uno de los principales responsables del texto, opina que "la ley pretende que el colegio sea para los ciudadanos una garantía del buen hacer profesional, partiendo de la evidencia de que en la actuación de los profesionales pueden producirse conductas que, siendo penalmente irrelevantes, han de ser reprobadas desde el punto de vista ético".

La Administración colaborará en la vigilancia de estas conductas, fijando los principios y reglas básicas a los que los colegios han de ajustar su actuación.

Pero además, según el anteproyecto, se unificarán en el Ministerio de la Presidencia las facultades que la ley reconoce a la Administración y que actualmente se encuentran dispersas entre distintos ministerios -Sanidad, en lo referente al colegio de médicos; Justicia, en el de abogados, etcétera- Con ello se logrará, paralelamente, un mayor control desde el Estado de la actividad de los colegios, ya que, en opinión de los redactores de esta ley, la actual dispersión favorece una cierta dejación de responsabilidades por parte de los distintos departamentos ministeriales.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El ámbito territorial de los colegios puede ser la provincia, la comunidad autónoma o el Estado. Las corporaciones profesionales se integrarán en un consejo general estatal, que elaborará el código deontológico y el régimen disciplinario de la profesión; ambos tendrán aplicación general en todo el territorio del Estado. Paralelamente se suprimirá la exigencia de colegiación local para poder ejercer en distintos lugares: el colegiado que lo esté en cualquier provincia podrá desempeñar su profesión en las restantes sin más requisitos.

Archivado En