La sentencia del Tribunal Constitucional salvará las partes fundamentales del decreto-ley de expropiación de Rumasa

"El Gobierno no quedará descontento, aunque tampoco entusiasmado" por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso que contra el decreto-ley de expropiación de Rumasa interpuso el Grupo Popular del Congreso, según fuentes fidedignas. La sentencia salvará, al menos, las partes fundamentales del decreto expropiador, indican las mismas fuentes.

Este hecho puede traducirse en dos hipótesis. La primera consiste en que el Tribunal, por mayoría, haya convalidado el conjunto del texto del decreto, mientras que una minoría significativa se haya opuesto y formalice próximamente un vo...

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"El Gobierno no quedará descontento, aunque tampoco entusiasmado" por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso que contra el decreto-ley de expropiación de Rumasa interpuso el Grupo Popular del Congreso, según fuentes fidedignas. La sentencia salvará, al menos, las partes fundamentales del decreto expropiador, indican las mismas fuentes.

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Este hecho puede traducirse en dos hipótesis. La primera consiste en que el Tribunal, por mayoría, haya convalidado el conjunto del texto del decreto, mientras que una minoría significativa se haya opuesto y formalice próximamente un voto particular de discrepancia. El resultado práctico de tal hipótesis supondría un triunfo político del Gobierno, limitado por el castigo de un voto minoritario, pero significativo, en contra.La segunda hipótesis estriba en que la sentencia salvase una parte sustancial del decreto-ley, y con toda probabilidad el artículo 1 del decreto, por el que el Gobierno decide "por utilidad pública e interés social la expropiación de Rumasa" si bien-declararía inconstitucionales algunos otros artículos del polémico decreto. La importancia de que la inconstitucionalidad no afectase al citado artículo 1 es definitiva, habida cuenta de que su texto literal está directamente incorporado a la posterior ley de expropiación. Con ello, la credibilidad del Gobierno no quedaría seriamente tocada en un aspecto fundamental, el propiamente expropiatorio, pero sí sufriría un desgaste en otros.

La sentencia fue aprobada y firmada ayer por el Tribunal Constitucional, si bien en las deliberaciones sobre la misma no se alcanzó la unanimidad de los 12 magistrados. Las posiciones discrepantes de algunos magistrados se materializarán próximamente en votos particulares, que pueden formularse separada o conjuntamente.

Un voto particular conjunto

Es casi seguro que el sistema adoptado por los magistrados que no aceptan la vía del decreto-ley para expropiar será un voto particular unificado que aúne las consideraciones de la minoría. Ésta es la razón fundamental de que la decisión del Tribunal no se haya notificado aún a los recurrentes, ni se haya hecho pública oficialmente, puesto que dicha notificación debe incluir preceptivamente no sólo el texto de la sentencia, sino también el de los votos particulares.

Dado que los votos particulares sólo se han expresado verbalmente y que existe un período máximo de cinco días para la formalización por escrito de éstos, la sentencia no se conocerá oficialmente hasta finales de la semana próxima (lo más probable), o principios de la siguiente, puesto que media la fiesta de la Inmaculada, que descuenta un día de los cinco hábiles para la formulación de dichos votos.

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