Tribuna:

Suráfrica, ante la reforma constitucional

El desinterés generalmente mostrado por los científicos sociales occidentales, más proclives a condenar a priori la situación surafricana sobre bases éticas que a estudiarla con rigor y criterios científicos, contrasta, paradójicamente, con la tal vez desmedida dependencia de la teoría por parte de algunos políticos surafricanos en su comprensible intento de encontrar soluciones viables a sus complejos problemas. Dependencia que puede llevar al alejamiento respecto de los parámetros fundamentales de la realidad social. Éste parece ser el curso seguido por los autores de la llamada ...

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El desinterés generalmente mostrado por los científicos sociales occidentales, más proclives a condenar a priori la situación surafricana sobre bases éticas que a estudiarla con rigor y criterios científicos, contrasta, paradójicamente, con la tal vez desmedida dependencia de la teoría por parte de algunos políticos surafricanos en su comprensible intento de encontrar soluciones viables a sus complejos problemas. Dependencia que puede llevar al alejamiento respecto de los parámetros fundamentales de la realidad social. Éste parece ser el curso seguido por los autores de la llamada dispensation, o reforma constitucional en Suráfrica, de la nos ocuparemos a continuación. Por lo que atañe a la pertinencia e interés del caso surafricano, como objeto de estudio de las ciencias sociales, tal vez no esté de más el manifestar que es muy probable que el conflicto más importante con el que se enfrentará la humanidad en los años venideros, el Norte-Sur, se está prefigurando en Suráfrica con perfiles más nítidos que en otros lugares.Si llegamos a comprender que la prepotencia del civilizado del Norte se enfrenta allí hoy con la impresionante menesterosidad del salvaje del Sur, adelantando algunos años y localizando geográficamente un conflicto latente de proporciones mayores y a escala planetaria, el estudio del caso surafricano puede tener un interés que exceda al de los propios implicados.

Lo primero que cabe decir de la nueva reforma constitucional mayoritariamente aprobada por los blancos, con independencia de su adscripción política (Véase EL PAIS del 4 de noviembre de 1983), es, que evidencia el reconocimiento explícito por parte del partido gobernante de que la noción de "desarrollo separado" o apartheid no es hoy sostenible, aun cuando el Partido Nacional todavía considera no negociable la separación escolar, de vida social y de zonaje residencial.

Como es sabido, se trata de una reforma constitucional otorgada por la que el Parlamento se amplía de una a tres cámaras: blancos, mestizos y asiáticos (en su mayoría indios) (1), quedando excluidos los distintos grupos que forman la numéricamente inmensa mayoría negra: 20 millones, frente a cuatro de blancos, 2,5 millones de mestizos y 800.000 asiáticos. Cooptación que no amenaza la supremacía blanca ni difumina el hecho de que la principal línea de Iectura es la que separa a negros y blancos y que la aritmética demográfica no hará sino intensificarse.

La propuesta gubernamental se articula en dos ámbitos de decisión: el comunitario (restringido a los problemas específicos de cada una de las tres etnias) y el común, con un órgano consultivo y político formado por personalidades de talla nacional: el Consejo del Presidente, compuesto por 20 blancos, 10 mestizos y 5 asiáticos. La elección del presidente de la República se hará a partir de un colegio electoral compuesto por 50 blancos, 25 mestizos y 13 asiáticos, elegidos, a su vez, por un sistema mayoritario en sus respectivas asambleas étnico-comunitarias.

Anteponer realidad a teoría

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¿Qué valoración puede hacerse de una reforma que tiene por eje las diferencias de raza? Si la hipertrofia de tal diferenciación fuera la solución a los problemas surafricanos, entonces la reforma gubernamental podría considerarse un paso en la buena dirección, siempre que en la siguiente fase se acomodara constitucionalmente a los grupos étnicos negros, pero, según la ciencia política, si de lo que se trata es de lograr la estabilidad, la estrategia en sociedades complejas y divididas no debe de proceder en el sentido de exacerbar innecesariamente el conflicto, sino de controlarlo.

Las líneas de fractura socioeconómica y social se yuxtaponen reforzándose mutuamente en sus efectos, lo que tiende a producir una situación con alta potencialidad conflictiva. Una Constitución que pone el énfasis en las diferencias raciales no contribuye, por consiguiente, a atenuar el conflicto. ¿Qué hacer entonces? Proceder inversamente, partiendo de la realidad social y no de la teoría, e identificando los problemas en una diagnosis objetiva de la situación.

¿Cómo conciliar la necesidad psicológica de los blancos con la de libertad y más equitativa redistribución de la riqueza del resto de los grupos? ¿No será el económico el problema fundamental, de modo que "cuanto más rico más blanco" y, por tanto, más aceptable el tener un vecino de color? Consideremos solamente tres cuestiones: el cultivo del derecho a la diferencia, el derecho de ciudadanía surafricana (y no sólo el de poder votar en los Estados tribales) reivindicado por los zulúes, la minoría étnica mayoritaria, y la económica, reductibles a dos fuerzas: una centrífuga, etnocultural, y otra centrípeta o de integración (científica, tecnológica y económica), ya que nadie duda que sólo existe una economía surafricana en la que hoy son igualmente necesarias la tecnología blanca y la mano de obra negra.

¿Qué técnica de organización general del poder es capaz de mantener la unidad en el respeto a la diversidad? Algunos de los más lúcidos politólogos surafricanos han señalado al federalismo con base territorial y étnica como el único modo de organización capaz de reconciliar los distintos intereses: sufragio universal en cada Estado federado, con una Asamblea supraétnica ante la que el presidente será responsable. Unidad económica y de acción exterior y ciudadanía surafricana para todos sería compatible con el desarrollo cul tural autóctono: autonomía, cooperación, exacta adecuación del poder, y garantías serían los principios sobrélos que se asentara una República de Suráfrica de mocrática y federal.

César E. Díaz López es profesor de Teoría del Estado en la Universidad Complutense e investiga sobre metodología de la resolución creativa de conflictos. 1. La Asamblea Blanca se compondrá de 165 miembros electos y 20 designados por el presidente del Estado. La Asamblea Mestiza constará de 82 miembros electos y 10 designados, y la Asiática 41, con 5 designados.

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