Civiles y militares podrían integrar los tribunales en el nuevo Código Militar

Una comisión de técnicos militares ha redactado ya los borradores de proyectos del nuevo Código de Justicia Militar, que posiblemente pasará a llamarse Código Militar de Justicia. El futuro Código estará dividido en tres partes -Penal, Orgánica y Procesal-, y no se descarta que prevea la creación de unos tribunales mixtos, integrados por civiles y militares, encargados de juzgar determinados delitos de tanta gravedad como la rebelión militar, según informan fuentes militares.

Es probable, sin embargo, que este delito concreto no sea contemplado en el nuevo Código castrense, en cuyo caso...

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Una comisión de técnicos militares ha redactado ya los borradores de proyectos del nuevo Código de Justicia Militar, que posiblemente pasará a llamarse Código Militar de Justicia. El futuro Código estará dividido en tres partes -Penal, Orgánica y Procesal-, y no se descarta que prevea la creación de unos tribunales mixtos, integrados por civiles y militares, encargados de juzgar determinados delitos de tanta gravedad como la rebelión militar, según informan fuentes militares.

Es probable, sin embargo, que este delito concreto no sea contemplado en el nuevo Código castrense, en cuyo caso los delitos de rebelión militar serían juzgados exclusivamente por tribunales civiles.De acuerdo con los trabajos realizados por dicha comisión -compuesta por jurídicos militares y representantes de las Armas de los tres Ejércitos-, el futuro Código castrense "se atendrá al principio de legalidad" y tendrá en cuenta otros códigos extranjeros en los que se han introducido los nuevos conceptos de las leyes y usos de la guerra. Entre otras innovaciones, incluirá las relativas a la creación de tribunales militares permanentes y a la recuperación de los denominados juicios sumarísimos, eliminados en la reforma del Código realizada en noviembre de 1980. Otra importante innovación será la referente al concepto de obediencia debida, tan argumentado por casi todos los defensores de los procesados en el 23-F para solicitar la absolución de sus clientes.

Las fuentes informantes han señalado que el departamento de Defensa no intenta realizar otra mera reforma del Código castrense, sino elaborar uno nuevo en su conjunto, cuyo contenido tendrá que armonizarse con el Código Penal civil y con la futura ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Precisamente en el Código Penal civil podrán quedar recogidos los delitos de rebelión, quebrantamiento de secretos, traición y atentados contra autoridades militares, hasta ahora incluidos en el Código de Justicia Militar.

Uno de los principales objetivos del Código Militar de Justicia consistirá en "delimitar las fronteras entre el ilícito penal y el ilícito disciplinario, recogidos ahora ambos en el actual Código". Según han explicado las fuentes informantes, el ilícito penal estará sometido al principio de técnica legislativa pura, mientras el disciplinario se atendrá a lo dispuesto en la futura ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que se convertirá en un instrumento a disposición del mando.

Rebaja de las penas

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Según los estudios previos realizados hasta el momento, las penas y sanciones previstas en ambas leyes serán rebajadas respecto a la legislación actual. Igualmente, el futuro Código recogerá una nueva clasificación de las penas, cuyo número, en cualquier caso, será más reducido que el actual.

En cuanto a la composición de los tribunales militares, el correspondiente borrador redactado en la actualidad señala que los mismos deberán tener carácter permanente y que estarán integrados en un elevado porcentaje por profesionales militares del Derecho, si bien no se excluye en ningún caso a militares de carrera. Los juicios sumarísimos serán, por otra parte, procedimientos militares de urgencia que serán aplicados en circunstancias especiales, aunque siempre existirán garantías procesales para evitar indefensión.

Al abordar el nuevo Código castrense, el Ministerio de Defensa pretende acoplar su contenido al de la Constitución, que señala: "El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución".

La comisión está presidida por el general consejero togado Jiménez Jiménez, ex miembro del Consejo Supremo de Justicia Militar.

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