Ruptura en la coalición social-liberal de la RFA

La Constitución dificulta las nuevas elecciones

La Constitución de la República Federal de Alemania pone difícil la convocatoria de nuevas elecciones. Marcados por el recuerdo de la inestabilidad de la República de Weimar, los padres de la Constitución buscaron un camino difícil que asegure la continuidad de los Gobiernos.Schmidt, en su propuesta de ayer al Bundestag, quiso hacer uso del artículo 68, pero con la condición de que los otros partidos renunciasen a la posibilidad de elegir un sucesor en el período de veintiún días, prevista en la Constitución.

El artículo 68, que regula la moción de confianza presentada por el can...

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La Constitución de la República Federal de Alemania pone difícil la convocatoria de nuevas elecciones. Marcados por el recuerdo de la inestabilidad de la República de Weimar, los padres de la Constitución buscaron un camino difícil que asegure la continuidad de los Gobiernos.Schmidt, en su propuesta de ayer al Bundestag, quiso hacer uso del artículo 68, pero con la condición de que los otros partidos renunciasen a la posibilidad de elegir un sucesor en el período de veintiún días, prevista en la Constitución.

El artículo 68, que regula la moción de confianza presentada por el canciller, dice:

1. Si una moción de voto de confianza del canciller federal no fuere aprobada por la mayoría de los miembros del Parlamento federal, el presidente federal, a propuesta del canciller, podrá disolver el Parlamento federal dentro de un plazo de veintiún días. El derecho a la disolución expirará tan pronto como el Parlamento, por la mayoría de sus miembros, elija otro canciller

2. Entre la moción y la votación deben transcurrir 48 horas.

La oposición en el Bundestag -democristianos y liberales- tiene ahora abierta la posibilidad de derribar a Schmidt con una moción de censura, según el mecanismo previsto en el artículo 67 de la Constitución:

1. El Parlamento federal no podrá expresar su desconfianza al canciller federal sino mediante la elección, por la mayoría de sus miembros, de un sucesor y solicitando del presidente federal el relevo del canciller. El presidente federal deberá acceder a esta solicitud, nombrando al que resulte electo.

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2. Entre la moción y la votación deberán transcurrir 48 horas.

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