Los comercios podrán abrir los domingos y festivos

La interpretación realizada por la Dirección General de Trabajo en torno a la regulación del descanso dominical, en respuesta al recurso presentado por un industrial de la alimentación de Cantabria, multado por abrir el público en domingo su establecimiento, posibilita, a partir de ahora, la apertura de todo tipo de comercios en domingos y festivos, siempre que exista acuerdo entre empresa y trabajadores.En un considerando de la resolución dictada por la Dirección General de Trabajo, y tras señalar la vigencia de la Ley de Descanso Dominical promulgada en 1940 como norma reglamentaria por hall...

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La interpretación realizada por la Dirección General de Trabajo en torno a la regulación del descanso dominical, en respuesta al recurso presentado por un industrial de la alimentación de Cantabria, multado por abrir el público en domingo su establecimiento, posibilita, a partir de ahora, la apertura de todo tipo de comercios en domingos y festivos, siempre que exista acuerdo entre empresa y trabajadores.En un considerando de la resolución dictada por la Dirección General de Trabajo, y tras señalar la vigencia de la Ley de Descanso Dominical promulgada en 1940 como norma reglamentaria por hallarse comprendida en la disposición final cuarta del Estatuto de los Trabajadores, expone el carácter relativo de ésta "puesto que el propio estatuto, en la tercera de sus disposiciones finales, establece la derogación de las normas que se opongan a su contenido".

La resolución finaliza concluyendo que la Ley de Descanso Dominical y su correspondiente reglamento se entenderán vigentes en tanto las partes no pacten un régimen de descanso semanal distinto al que comprende el día del domingo".

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