SANIDAD

Quince nuevas enfermedades de declaración obligatoria

La lista de enfermedades de declaración obligatoria iba sido ampliada, según una resolución de la Dirección General de Salud Pública que modifica la lista establecida en la ley de Sanidad Nacional, de 1944. Las nuevas enfermedades de declaración obligatoria son la fiebre exantemática mediterránea (fIebre botonosa), la gonococia (uretritis gonocócica), las hepatitis víricas, la hidatidosis, las infecciones respiratorias agudas (IRA), la intoxicación alimentaria, la leishmaniasis, la leptospirosis, la neumonía, la parotiditis, los procesos diarreicos, la rubéola, la sifilis primaria o secundaria...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La lista de enfermedades de declaración obligatoria iba sido ampliada, según una resolución de la Dirección General de Salud Pública que modifica la lista establecida en la ley de Sanidad Nacional, de 1944. Las nuevas enfermedades de declaración obligatoria son la fiebre exantemática mediterránea (fIebre botonosa), la gonococia (uretritis gonocócica), las hepatitis víricas, la hidatidosis, las infecciones respiratorias agudas (IRA), la intoxicación alimentaria, la leishmaniasis, la leptospirosis, la neumonía, la parotiditis, los procesos diarreicos, la rubéola, la sifilis primaria o secundaria, el tétanos y la tos ferina.

La viruela es la única enfermedad que ha sido excluida de esta lista, ya que la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que esta enfermedad está erradicada.Hasta ahora sólo eran enfermedades de declaración obligatoria por parte de los médicos que realizan los diagnósticos la fiebre tifoidea y paratífica, la disentería bacilar, la tuberculosis pulmonar, la brucelosis, la escarlatina, la infección meningocócica, la varicela, el sarampión, el reumatismo cardiovascular, la gripe, el carbunco, la lepra, la difteria, la poliomielitis, la tracoma, la oftalmía neonatorum, la triquinosis, la septicemia puerperal, la rabia, el paludismo, la fiebre recurrente por piojos y por garrapatas, el cólera, la peste, la viruela, la fiebre amarilla y el tifus exantemático.

La resolución, aparecida en el BOE de ayer, indica que los hechos que aconsejan la modificación de la lista son principalmente el cambio de patrón epidemiológico de morbimortalidad. También se ha tenido en cuenta el interés de añadir todas las enfermedades que están incluidas en el calendario de vacunación, las que suponen graves problemas sanitarios, como las enfermedades de transmisión sexual, y algunas respiratorias, por su incidencia masiva en la población, como es la neumonía. De las enfermedades que figuraban hasta ahora en esta lista, la que mayor número de muertos produce es la gripe, que tan sólo en el período enero-julio del año pasado provocó 1.658.560 muertes. Le siguen la varicela, con 156.334 casos de defunción para el mismo período; el sarampión, con 126.953 defunciones; la brucelosis, con 5.079 muertes, y la escarlatina, el reumatismo cardiovascular y la meningitis, con cifras cercanas a los 4.000 muertos.

De las nuevas enfermedades incluidas en la lista de declaración obligatoria, cabe destacar la neumonía, que produce unas 6.000 defunciones al año. En concreto, las infecciones respiratorias son las responsables de aproximadamente el 6% de las defunciones que se producen en España.

Algunas de las enfermedades de la antigua lista han cambiado de nombre. Así, la meningitis cerebroespinal epidémica pasa a denominarse infección meningocócica; el reumatismo cardiovascular, fiebre reumática aguda; el tifus exantemático por piojos, tifus transmitido por piojos, y la septicemia puerperal, sepsis puerperal importante.

Archivado En