La profesionalización del funcionariado, objetivo basico de la reforma administrativa

Todos los funcionarios públicos se regirán por un conjunto de normas comunes a las distintas administraciones -Estado, comunidades autónomas, corporaciones locales-, según dos proyectos de ley que ayer fueron presentados a la Prensa por el ministro de la Presidencia, Matías Rodríguez lnciarte. La reforma administrativa se rige por los criterios de profesionalización de la carrera hasta el nivel de director general, simplificación de cuerpos, promoción a través de sistemas que no implican necesariamente la oposición, supresión de la contratación temporal, reconocimiento de los derechos de sindi...

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Todos los funcionarios públicos se regirán por un conjunto de normas comunes a las distintas administraciones -Estado, comunidades autónomas, corporaciones locales-, según dos proyectos de ley que ayer fueron presentados a la Prensa por el ministro de la Presidencia, Matías Rodríguez lnciarte. La reforma administrativa se rige por los criterios de profesionalización de la carrera hasta el nivel de director general, simplificación de cuerpos, promoción a través de sistemas que no implican necesariamente la oposición, supresión de la contratación temporal, reconocimiento de los derechos de sindicación y huelga, y limitaciones a la libertad de expresión en asuntos conocidos por razón del cargo que el funcionario ostente.

Estos proyectos, aprobados por el Consejo de Ministros del pasado día 18, afectan al conjunto de la Administración Pública, en la que en estos momentos existen 1.407.857 funcionarios, de los que 1.214.415 pertenecen a la Administración Civil. Estas normas hacen excepción de las fuerzas de seguridad del Estado, que comprenden 106.482 personas.De acuerdo con las explicaciones del ministro, el proyecto sobre régimen estatutario de los funcionarios públicos inicia «una decidida tendencia hacia la simplificación del panorama corporativo de la Administración», estableciendo una agrupación de cuerpos por niveles, de acuerdo con la titulación académica necesaria para el acceso a cada uno de ellos, y prohibiendo la creación de nuevos cuerpos cuando su titulación y funciones sean análogas a otros ya existentes.

Anualmente se publicará un «plan de oferta de empleo público», coordinando las ofertas de las distintas administraciones y las actividades de selección y formación de institutos y escuelas de funcionarios que a tal fin puedan crearse. Se prevé también la supresión, para el futuro, de las contrataciones temporales, y se regulará la situación laboral de los contratados administrativos que no hayan obtenido todavía estabilidad en el empleo.

Carrera administrativa

De acuerdo con las explicacíones del ministro, una de las aportacíones más importantes del proyecto se refiere a la carrera administrativa. A partir de su aprobación, los puestos de directores generales sólo podrán ser ocupados por funcionarios. «Este punto, así como otras reformas que se introducen en este proyecto de ley», agregó Rodríguez Inciarte, «introducirá una serie de estímulos en la carrera funcionarial, lo que redundará en la eficacia del servicio, y evitará también que se produzca una descapitalización, hacia la empresa privada, en los altos cargos de la Administración».El régimen de retribuciones experimentará una «notable simplificación en el número de conceptos retributivos», y se establecen una serie de criterios básicos, tales conio el hecho de que se fije una relación con los niveles propios del sector privado y, en todo caso, nunca inferior al del salarlo mínimo interprofesional. Asimismo se fija el criterio de la actualización anual de los distintos conceptos retributívos.

Participación y sindicación

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El proyecto fija asimismo un sistema de «cauces de participación» de los funcionarios en la determinación de las condiciones de prestación de servicios. Figuran entre ellos un denominado Consejo Superior de la Función Pública, al que se caracteriza como «supremo órgano de representación de lo funcionarios de todas las adminis traciones públicas», y unas comisiones de personal, elegidas por lo funcionarios en el ámbito de cada ministerio, comunidad autónoma o corporación local. Otros órganos de representación son las comisiones de cuerpo o escala, y las juntas de personal que pueden funcionar en centros de trabajo con más de cien funcionarios y bajo determinadas condiciones.Esta regulación de cauces de participación figura en el proyecto de régimen estatutario de los funcionarios públicos. Otro proyecto, sobre derechos y libertades de los mismos, contiene el reconocimiento del derecho de los funcionarios a sindicarse y a constituir federaciones y confederaciones de ámbito nacional o internacional. La personalidad jurídica de las mismas se adquirirá mediante simple depósito de los estatutos.

Respecto al derecho de huelga, se estipula que debe existir un período de preaviso de diez días, durante el cual se obliga a las partes a entablar negociaciones para tratar de resolver el conflicto que motiva la huelga. Los funcionarios en huelga no recibirán las retribuciones correspondientes a los días no trabajados, aunque esta deducción no tendrá carácter de sanción ni afectará al régimen de su seguridad social, según las previsiones del proyecto gubemamental.

Se reconoce también a los funcionarios la libertad de afiliación política, con las limitaciones derivadas de sus deberes estatutarios y de la observancia de la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. La presentación de los funcionarios como candidatos electorales lleva pareja la concesión automática de un permiso por el tiempo que dure la campaña.

En cuanto a la libertad de expresión, el proyecto gubernamental estipula la obligación de los funcionarios de comunicar a sus superiores su propósito de utilizar informaciones y datos que hayan obtenido únicamente en razón del desempeño de su cargo.

"La reforma llevará su tiempo"

De acuerdo con las declaraciones del ministro ante les periodistas, la reforma administrativa llevará su tiempo, «porque no se trata de producir enfrentamientos en el seno de la función pública, sino que ésta funcione adecuadamente».En este sentido, señaló que está funcionando una comisión interministerial (que prepara la reforma de la estructura del Gobierno, precisando que los trabajos encaminados a reestructurar el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación están muy avanzados y podrían concluir antes del final del próximo mes de octubre. Asimismo, la ley del Procedimiento Administrativo podría ser remitida por el Gobierno a las Cortes en un próximo Consejo de Ministros, así como los trabajos de coordinación en materia de inspección de productos alimentarlos.

Unificación

Por lo que se refiere a la unificación de cuerpos y escalas en la función pública, el ministro y su equipo se mostraron prudentes a la hora de enjuiciar tal cuestión, aunque señalaron que existen funcionarios de determinados cuerpos que desean dicha integración.También afirmó el ministro que se trata de no crear más funcionariado y facilitar la movilidad interna de los funcionarios, para que la eficacia sea mayor. « En estos momentos», dijo, «existe en las Administraciones públicas una desigualdad tremenda en el trabajo». A la pregunta de si algunos funcionarios podrán acceder a grados superiores sin oposición previa, el ministro contestó que la ley prevé el acceso a cuerpos y escalas superiores de quienes, siendo ya funcionarios, tengan los estudios universitarios requqridos en este caso ascenderán de categoría por medio de oposiciones restringidas, entre otros sistemas.

Finalmente cabe señalar que, en lo referido a las incompatibilidades, el propósito gubernamental consiste en sentar la incompatibilidad para el funcionario del ejercicio de cualquier actividad que menoscabe el estricto cumplimiento de sus deberes, comprometa su imparcialidad o perjudique los intereses generales de la función pública. Para la percepción de más de un sueldo público, los proyectos actuales se remiten a la ley de Incompatibilidades, ya enviada por el Gobierno a las Cortes.

En relación con los funcionarios de las comunidades autónomas, la ley prevé que no se podrán convocar concursos mientras existan funcionarios transferibles en la Administración central.

Aunque no existe una estimación total de los funcionarios que necesitarán las comuridades autónomas, en principio está previsto el traspaso de 100.000 funcionarios, de los cuales 66.650 irán a la Generalidad de Cataluña, y 15.582, al País Vasco.

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