Posible multa de 7.400.000 pesetas a los promotores de Villafontana II, en Móstoles

La Delegación Provincial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (MOPU) está tramitando la imposición de una nueva multa coercitiva a las cuatro sociedades constructoras de la urbanización Villafontana II, en Móstoles, al no haber realizado estas las obras que le fueron ordenadas hace ya casi tres años y no haber abonado las dos multas que anteriormente le habían sido impuestas. En esta ocasión, la multa podría ser impuesta por una cuantía de 7.400.000 pesetas.

El expediente sancionador contra las cuatro sociedades que construyeron Villafontana Il fue, iniciado en diciembre de 1976...

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La Delegación Provincial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (MOPU) está tramitando la imposición de una nueva multa coercitiva a las cuatro sociedades constructoras de la urbanización Villafontana II, en Móstoles, al no haber realizado estas las obras que le fueron ordenadas hace ya casi tres años y no haber abonado las dos multas que anteriormente le habían sido impuestas. En esta ocasión, la multa podría ser impuesta por una cuantía de 7.400.000 pesetas.

El expediente sancionador contra las cuatro sociedades que construyeron Villafontana Il fue, iniciado en diciembre de 1976. Hasta el mes de febrero de 1978, la Delegación Provincial del MOPU no dicta la correspondiente resolución. Según ella, las empresas promotoras son obligadas a concluir las obras no realizadas en la urbanización y a reparar las que se encontraban en mal estado. Paralelamente, son sancionadas con varias multas, por un importe total de 6.750.000 pesetas.Los recursos de alzada presentados en su día, tanto por los vecinos que habían denunciado las irregularidades como por los promotores de la colonia, son resueltos, en el mes de noviembre de 1978, de forma que son concretadas las obras que las empresas deben realizar y la sanción impuesta es reducida a 5.400.000 pesetas. Esta cantidad fue entregada por el banco que avala a las cuatro empresas en el mes de abril de 1979.

Habida cuenta de que las obras ordenadas no son ejecutadas en el plazo estipulado, el Consejo de Ministros, en la reunión que celebró el 29 de diciembre de 1978, decide imponer una nueva sanción económica, en este caso por un valor conjunto de 4.598.340 pesetas. Esta nueva multa no fue hecha efectiva dentro del período voluntario de pago, por lo que el MOPU inició el correspondiente proceso de apremio, para intentar cobrarla por esa vía.

Al no ser realizadas, en un nuevo plazo, la obras de reparación ordenadas, el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo impuso una nueva sanción, en este caso por otros 5.796.620 pesetas, en el mes de noviembre de 1979, que tampoco fue pagada a su debido tiempo, razón por la que, nuevamente, se puso en funcionamiento la vía de apremio.

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