Utimado el texto de la ley de Procedimiento Laboral

El Ministerio de Trabajo tiene ya ultimado el texto refundido de la ley de Procedimiento Laboral, en el que se regulan y establecen los nuevos tipos de procesos laborales ante las magistraturas de Trabajo, derivados del Estatuto de los Trabajadores.

Según el nuevo texto, en los procedimientos, que ya se venían siguiendo ante las magistraturas se busca una simplificación y brevedad en los trámites y se acortarán los plazos. Asimismo, el nuevo texto, que se informa por el Consejo de Estado por el trámite de urgencia, contempla los nuevos procedimientos teniendo en cuenta la desaparición d...

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El Ministerio de Trabajo tiene ya ultimado el texto refundido de la ley de Procedimiento Laboral, en el que se regulan y establecen los nuevos tipos de procesos laborales ante las magistraturas de Trabajo, derivados del Estatuto de los Trabajadores.

Según el nuevo texto, en los procedimientos, que ya se venían siguiendo ante las magistraturas se busca una simplificación y brevedad en los trámites y se acortarán los plazos. Asimismo, el nuevo texto, que se informa por el Consejo de Estado por el trámite de urgencia, contempla los nuevos procedimientos teniendo en cuenta la desaparición de la anterior estructura sindical, atendiendo a la nueva realidad laboral y la existencia del IMAC (Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación).Como novedades más destacadas figuran, entre otras, el que la nueva ley acometerá la regulación de los salarios de tramitación, que correrá a cargo del Estado cuando el proceso incoado ante la magistratura dure más de sesenta días, en los casos de despido improcedente; la responsabilidad y actuación del Fondo de Garantía Salarial en los despidos que se produzcan en empresas de menos de veinticinco trabajadores. La nueva ley regula las impugnaciones en materia de elecciones de representantes de los trabajadores y miembros de los comités de empresa; regula los procedimientos en casos de desacuerdo entre empresarios, y trabajadores respecto al período de vacaciones, que en adelante será también competencia de las magistraturas, y se contempla asimismo en esta ley el enjuiciamiento por las magistraturas de la legalidad de los convenios colectivos.

La declaración de urgencia para el trámite de informe por el Consejo de Estado -señala el Ministerio de Trabajo- se acordó teniendo en cuenta el vacío legal que existe en algunos casos, hasta que se promulgue esta disposición. El nuevo enfoque de las relaciones laborales entre trabajadores y empresarios que se establece en el Estatuto de los Trabajadores, hace que muchas de las cuestiones que antes resolvían las autoridades administrativas hayan pasado ahora a los tribunales. Esto exige un procedimiento judicial ágil y eficaz y un reforzamiento de las magistraturas acorde con los cometidos que se les imponen.

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