UCD y PSOE tienen la llave de los referendos de iniciativa

Algunos ejemplos basados en extrapolaciones de otras consultas pueden ayudar a aclarar lo que supone el referéndum de iniciativa autonómica previsto en el artículo 151 de la Constitución, para las regiones que no forman nacionalidad histórica.El caso más espectacular tal vez sería el de Cataluña: si el Estatuto de Autonomía aprobado en referéndum el pasado 25 de octubre hubiera sido votado por sistema de mayoría absoluta del censo de cada provincia, no habría sido aprobado, ya que en Tarragona no alcanzó más que el 47,40% de votos afirmativos, porcentaje referido al total de los electores con ...

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Algunos ejemplos basados en extrapolaciones de otras consultas pueden ayudar a aclarar lo que supone el referéndum de iniciativa autonómica previsto en el artículo 151 de la Constitución, para las regiones que no forman nacionalidad histórica.El caso más espectacular tal vez sería el de Cataluña: si el Estatuto de Autonomía aprobado en referéndum el pasado 25 de octubre hubiera sido votado por sistema de mayoría absoluta del censo de cada provincia, no habría sido aprobado, ya que en Tarragona no alcanzó más que el 47,40% de votos afirmativos, porcentaje referido al total de los electores con derecho a voto, aunque una abrumadora mayoría de los que votaron, el 86,82%, dijeron sí.

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En las provincias andaluzas o del País Valenciano, dos regiones que pretenden la vía del artículo 151, los últimos datos sobre referendos corresponden al que aprobó la Constitución. En aquella ocasión, todas estas provincias obtuvieron porcentajes superiores al 85% de síes, pero esas cifras se reducen a otras que oscilan entre el 6.1,26% -caso de Málaga- y el 69,7 1 % -Castellón-, si se refiere el total de votos afirmativos al conjunto delcenso.

Si estos porcentajes se comparan -siempre teniendo en cuenta que se trata de extra polacio n es- con los resultados de las últimas elecciones legislativas, se aprecia que UCD o el PSOE pueden tener la llave de un referéndum por mayoría absoluta del censo, ya que sus votantes, en porcentaje sobre censo, oscilan entre el 18,43% -en Málaga- y el 35,98% -en Castellón-, para UCID, y del 19,37% -en Cádiz- al 29,64% -en Jaén-, para el PSOE.

Si el electorado de cualquiera de los dos partidos se abstiene, provocaría el fracaso de la iniciativa, ya que a todos los porcentajes de votantes afirmativos de la Constitución, si se les resta lo que cosecharon UCD o PSOE en cualquiera de las provincias señaladas, quedarían en cifras inferiores al nivel precisado del 50%, siempre referido a censo. Ningún otro partido, de derecha o izquierda puede restar participación hastu ese punto, según su electorado.

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