Constitucionalizar el independentismo

«Establece el artículo primero del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas el derecho que los pueblos, las «nacionalidades», tienen a recabar la autodeterminación, a constituirse en Estado. El Estado español tiene suscrito este pacto y, conforme el proyecto de Constitución, el término «nacionalidades » se incorpora a las categorías políticas que habrá de consagrar nuestra Carta nacional.¿Qué hacer, pues, nos preguntamos, sumidos en la honda y grave preocupación que el tema suscita? ¿Habremos de denunciar tal pacto internacional si pretendemo...

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«Establece el artículo primero del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas el derecho que los pueblos, las «nacionalidades», tienen a recabar la autodeterminación, a constituirse en Estado. El Estado español tiene suscrito este pacto y, conforme el proyecto de Constitución, el término «nacionalidades » se incorpora a las categorías políticas que habrá de consagrar nuestra Carta nacional.¿Qué hacer, pues, nos preguntamos, sumidos en la honda y grave preocupación que el tema suscita? ¿Habremos de denunciar tal pacto internacional si pretendemos preservar en términos jurídicos ciertos e inequívocos la unidad de la Patria que la misma Constitución consagra? ¿Habremos de reformar el artículo correspondiente del proyecto constitucional antes de que sobre el mismo se pronuncie el Pleno de nuestras Cortes? ¿Habremos, en fin, de pedir que se vote «no» cuando la ley constitucional vaya a someterse al refrendo del pueblo español?

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