Debate constitucional

La abolición de la pena de muerte no fue incluida

La Comisión Constitucional del Congreso manifestó ayer su acuerdo unánime en favor de que la Constitución reconozca el derecho a la vida y a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. En cambio, la abolición de la pena de muerte, que pretendían los grupos parlamentarios de la izquierda y autonomistas, no fue incorporada, por oponerse a ello los votos de UCD y AP. Previamente al extenso debate sobre la pena de muerte, UCD y AP permanecieron unidas en la votación de otros preceptos relativos a los derechos y deberes fundamentales.

En primer lugar, se estrellar...

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La Comisión Constitucional del Congreso manifestó ayer su acuerdo unánime en favor de que la Constitución reconozca el derecho a la vida y a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. En cambio, la abolición de la pena de muerte, que pretendían los grupos parlamentarios de la izquierda y autonomistas, no fue incorporada, por oponerse a ello los votos de UCD y AP. Previamente al extenso debate sobre la pena de muerte, UCD y AP permanecieron unidas en la votación de otros preceptos relativos a los derechos y deberes fundamentales.

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En primer lugar, se estrellaron contra el bloque UCD-AP los intentos de la izquierda y los grupos autonomistas por excluir del ámbito de la extradición no sólo a los delitos políticos, sino también a los de intencionalidad política o impedir la extradición en favor de aquellos países que no reconozcan los principios penales y procesales admitidos por las naciones civilizadas.Se pedía en todo caso omitir la alusión a los actos de terrorismo -sujetos de extradición, según el texto del anteproyecto-, por considerarlo impreciso y peligroso. Los diecinueve votos de UCD más AP, cerraron el camino.

En cambio, prosperó contra el texto del anteproyecto -esto es, el de la ponencia en su última redacción- el de dos enmiendas combinadas de UCD y del aliancista Antonio Carro, limitativas del derecho de asilo. Contra lo que hasta ahora había sido criterio mayoritario de la ponencia -«gozarán del derecho de asilo los extranjeros perseguidos por la defensa de los derechos y libertades democráticos reconocidos en la Constitución. La ley fijará los términos de esta protección»- fue aprobado por diecinueve votos contra diecisiete que «la ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países podrán gozar del derecho de asilo en España».

En la explicación de voto, Miguel Roca -nacido en Francia durante el exilio de sus padresseñaló que, merced a este precepto «podemos convertirnos en el paraíso de quienes están luchando contra las libertades en Europa; Gregorio Peces-Barba lamentó la desconstitucionalización del derecho deasilo, a pesar del canto que todos los grupos habían hecho del profesor Jiménez de Asúa; el señor Solé Turá estimó que se producía una grave inconsecuencia jurídica e injusticia histórica; el señor Cuerda lamentó que no se hubiera tenido en cuenta el derecho de asilo disfrutado por tantos vascos, y el señor Martín Toval recordó que el propio señor Tarradellas se benefició de este derecho que ahora se niega.

Contra estas manifestaciones los señores Herrero y Fraga señalaron que el derecho de asilo queda establecido y será el legislador el que lo desarrolle, ateniéndose siempre al punto de referencia de la legislación supranacional a la que España ha dado su consentimiento.

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Seguidamente, se aprobó por unanimidad el artículo trece, que establece la igualdadde los españoles ante la ley.

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