Cartas al director

La pena de muerte

El Senado ha rechazado una proposición de ley de abolición de la pena de muerte. No es éste el lugar adecuado para contrastar los distintos argumentos abolicionistas y antiabolicionistas esgrimidos por la doctrina penal. Me basta ahora con suscribir plenamente las palabras del profesor Cobo: «La única finalidad inconmovible del Derecho penal, que no puede ser sometida a negociación, debe ser la del respeto y protección de la vida de la persona humana. Su negación sólo ha de ser presupuesto de la aplicación del Derecho penal, pero no la forma de su respuesta, su consecuencia jurídica». Y no es ...

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El Senado ha rechazado una proposición de ley de abolición de la pena de muerte. No es éste el lugar adecuado para contrastar los distintos argumentos abolicionistas y antiabolicionistas esgrimidos por la doctrina penal. Me basta ahora con suscribir plenamente las palabras del profesor Cobo: «La única finalidad inconmovible del Derecho penal, que no puede ser sometida a negociación, debe ser la del respeto y protección de la vida de la persona humana. Su negación sólo ha de ser presupuesto de la aplicación del Derecho penal, pero no la forma de su respuesta, su consecuencia jurídica». Y no es éste el lugar adecuado para contrastar argumentos, entre otras cosas porque en la sesión de la Alta Cámara todo el mundo se declaró abolicionista convencido. El ministro de.Justicia no fue una excepción. El señor Lavilla, sin embargo, recomendó en su nombre, en el del Gobierno y en el de UCD no tomar en consideración la propuesta por razones de inoportunidad. No alcanzo a comprender la argumentación del señor ministro de Justicia: si el señor ministro de Justicia ha pretendido decir que se debe mantener una pena de cuya injusticia e ineficacia se es consciente, por meras razones coyunturales, el señor ministro de Justicia está subvirtiendo la escala de valores que debe iluminar a todojurista. ¡Y eso es muy grave! Al margen de que, como ha señalado algún autor, «privar de la vida a una persona, por simple utilidad, cuando sin necesidad de ello se alcanzarían las mismas pragmáticas metas, es algo que puede, en verdad, ser calificado de inútil, o si se prefiere, de superfluo». El señor ministro de Justicia ha aludido a la poca confianza del pueblo en el sistema punitivo debida a que, co.mo consecuencia de la política de indultos, las penas privativas de libertad no se cumplen sino en un tercio de sus cuantías. Que eso lo diga quién lo dijo, a mi también me parece particularmente grave: ¿Acaso estaba el señor ministro renegando de su propia política?Por otra parte, ¿no estará el Gobierno trasladando el problema, una vez más, a los tribunales? Si el señor ministro de Justicia es abolicionista ¿va a continuar obligando al poder judicial a solicitar el in dulto particular cada vez que de la estricta aplicación de la ley se desprenda la imposición de la pena capital? Y en ese caso, ¿va el Gobierno a concederlo sistemáticamente? Eso es lo que parece desprenderse del discurso del señor Lavilla. Pero, entonces, y si se hace, esa pública declaración, ¿cuál va a ser el valor intimidatorio de la pena capital?, y ¿qué diferencia respecto a la confianza popular en el sistema punitivo, existe entre la abolición y el mantenimiento?. El señor ministro de Justicia ha alegado que hay que esperar a la reforma global del Código, Penal, cuando, a mi juicio, la declaración de ilegalidad de la pena de muerte compete a la Constitución. Lo cierto, o al menos esa impresión se obtiene, es que a lo que el señor ministro de Justicia quiere esperar es simplemente a que la abolición, la proponga el Gobierno y no la oposición. Flaco favor se hace con ello a la democracia. Porque, sin duda, el señor ministro no ignora que, como dice el profesor Gimbernat, «la sociedad sólo puede aspirar a -y tener autoridad para- combatir la violencia cuando ella misma la suprime, entre otras cosas, suprimiendo la pena de muerte».

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