Las negociaciones de la Moncloa

Denuncias sobre publicaciones y regulación de las libertades públicas

Los nuevos documerítos remitidos por la Presidencia del Gobierno a los partidos políticos, pocas horas antes de la reunión celebrada ayer en la Moncloa recogen, entre otros, los siguientes proyectos:Prensa. El proyecto incluye una disposición, por la cual cualquier denunciante de una publicación a la autoridad judicial -bien sea el fiscal, la Admínistración o cualquier persona interesada- podrá acompañar, con su denuncia, una propuestade nota de rectificación, aclaración o réplica. En tal caso la autoridad judicial dará opción a la publicación para insertar la nota de aclaración o répli...

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Los nuevos documerítos remitidos por la Presidencia del Gobierno a los partidos políticos, pocas horas antes de la reunión celebrada ayer en la Moncloa recogen, entre otros, los siguientes proyectos:Prensa. El proyecto incluye una disposición, por la cual cualquier denunciante de una publicación a la autoridad judicial -bien sea el fiscal, la Admínistración o cualquier persona interesada- podrá acompañar, con su denuncia, una propuestade nota de rectificación, aclaración o réplica. En tal caso la autoridad judicial dará opción a la publicación para insertar la nota de aclaración o réplica, con la cual se entenderá cumplido el trámite de conciliación.

En caso de procedimiento judícial, se desarrollará en plazos breves y estrictos; la sentencia, cuando no sea absolutoria, fijara preceptivamente el importe de la indemnización por perjuicios morales.

Más información

Reformas del Código Penal. Se incluye la despenalización del adulterio y el amancebamiento, regulación de la expedición de anticonceptivos y supresión de la sección cuarta del Código (delitos contra las leyes fundamentales).

Justicia militar. Se trata de militar la competencia de la jurisdicción militar, por razón del delito resolviendo la dualidad de tipificaciones entre el Código Perial común y el Código de Justicia militar, restringiéndose éste al ámbito de los delitos militares-, por razón de lugar -limitando la competencia militar a los actos cometidos en centros o establecimientos militares- y por razón de la persona.

Asimismo, se prevé la réstricción del fuero personal respecto, de las fuerzas de orden público-, a las ocasiones en que actúen bajo órdenes exclusivas de la autoridad militar.

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Derecho de reunión. Se amplía el concepto de reuniones privadas (exentas de toda intervención administrativa) a todas aquellas cuyo número no supere las cincuenta personas, así como aquellas que se celebren «en lugares de público es parcimiento» por razones amistosas o familiares. Se prevé la simple comunicación previa a la autoridad gubernativa, para reuniones en local cerrado, así como para concentraciones de más de quinientas personas en locales cerrados, pero con posibilidad de suspensión administrativa a priori -en este último caso-, cuando sus fines sean delictivos.

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