Las instituciones europeas

La Comunidad Económica Europea cuenta con cuatro instituciones: El Parlamento Europeo, el Consejo de Ministros, el Tribunal de Justicia y la Comisión Europea. En líneas generales los rasgos característicos de estas instituciones son los siguientes:Parlamento Europeo: Forman el Parlamento 198 miembros. Su misión es supervisar el trabajo efectuado por los organismos ejecutivos. Tiene capacidad para emltlr mociones de censura, mediante los dos tercios de la mayoría, para finalizar el mandato de los ejecutivos de las Comunidades. Se reúne unas siete u ocho veces al año, normalmente en Estra...

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La Comunidad Económica Europea cuenta con cuatro instituciones: El Parlamento Europeo, el Consejo de Ministros, el Tribunal de Justicia y la Comisión Europea. En líneas generales los rasgos característicos de estas instituciones son los siguientes:Parlamento Europeo: Forman el Parlamento 198 miembros. Su misión es supervisar el trabajo efectuado por los organismos ejecutivos. Tiene capacidad para emltlr mociones de censura, mediante los dos tercios de la mayoría, para finalizar el mandato de los ejecutivos de las Comunidades. Se reúne unas siete u ocho veces al año, normalmente en Estrasburgo.

El Consejo: Reúne a los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros. Cada Gobierno delega su representación en uno de sus miembros, según la'materia a abordar. Cada Estado ejerce la presidencia por rotación durante un período de seis meses. El Consejo está asistido por un «Comité de Representantes Permanentes» y numerosos grupos de expertos. Tiene la doble responsabilidad de coordinar las políticas. económicas y exteriores de los Estados miembros.

Más información

El Tribunal de Justicia: Forman este Tribunal nueve magistrados designados por un período de seis años, mediante común acuerdo de los Gobiernos. Le corresponde garantizar el respeto del Derecho en la ejecución de los Tratados. Está asistido por cuatro abogados fiscales. El presidente es elegido entre los magistrados por un período de tres años, que puede ser renovado.

La Comisión: Está compuesta por trece miembros, designados de mutuo acuerdo por los Gobiernos. Durante toda la duración de su mandato los miembros de la Comisión deben actuar con plena independencia, tanto en relación a cada Gobierno como ante el Consejo, que no puede poner fin a su mandato. Unicamente el Parlamento votando una moción de censura podría provocar automáticamente la dimisión de la Comisión. La Comisión no puede incluir dos miembros de la misma nacionalidad. Los miembros son nombrados por un período de cuatro años, renovable. El presidente y el vicepresidente son nombrados por dos años, renovables.

El Consejo y la Comisión están asistidos por el comité económico y social. Ambos comités están formados por representantes de las diferentes categorías interesadas en la vida económica y social y deben de ser consultados obligatoriamente antes de adoptar un número de decisiones.

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