Debe actualizarse la legislación sobre planificación familiar

Un reducido grupo de médicos, sociólogos, abogados y especialistas en sexología se ha reunido en Mahón, en el 1 Seminario sobre planificación familiar organizado a instancias oficiales. La Dirección General de Sanidad ha patrocinado este seminario con el fin de definir unos puntos básicos sobre este tema. Las conclusiones más sobresalientes han sido ya transcritas por EL PAIS, que, consciente de la trascendencia de la reunión de Mahón, destacó a una enviada especial a Menorca. Cabe reseñar que es la propia Dirección General de Sanidad la que ahora se pronuncia sobre este problema en unas concl...

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Un reducido grupo de médicos, sociólogos, abogados y especialistas en sexología se ha reunido en Mahón, en el 1 Seminario sobre planificación familiar organizado a instancias oficiales. La Dirección General de Sanidad ha patrocinado este seminario con el fin de definir unos puntos básicos sobre este tema. Las conclusiones más sobresalientes han sido ya transcritas por EL PAIS, que, consciente de la trascendencia de la reunión de Mahón, destacó a una enviada especial a Menorca. Cabe reseñar que es la propia Dirección General de Sanidad la que ahora se pronuncia sobre este problema en unas conclusiones de las que destaca la petición de actualización de la ley -supresión del artículo 416 del Código Penal, que castiga el uso, difusión y venta de anticonceptivos- y la definición de la planificación familiar como un derecho de todos los ciudadanos. Transcribimos textualmente las conclusiones del seminario.

En el mundo entero el derecho a la salud, tanto personal como social, ha llevado a la planificación familiar como medio de promocionar una familia más sana, en la que todo hijo es deseado, donde la racionalidad del embarazo permite a la mujer su realización completa como un ser humano y su mejor integración en la población activa donde los hijos se crían con una mayor y mejor atención familiar y donde se consigue un oportuno desarrollo de la sociedad con un menor coste, tanto en alumbramientos como defunciones.El derecho a la planificación familiar y a la asistencia técnica y ayuda pública para su realización es ya innegable a la población de los países desarrollados del mundo.

España, dicen los asistentes al seminario, no puede permanecer ajena a esta tendencia, sobre todo cuando repetidamente se ha exteriorizado un deseo de amplios sectores de la población para recibir ayuda en este sentido.

La planificación familiar, independientemente de la influencia que pueda ejercer sobre el fenómeno demográfico, ha sido considerada en este seminario como medio capaz de contribuir fundamentalmente al mejoramiento de la calidad de la vida.

Sin entrar en consideraciones sobre posibles políticas de planificación demográfica, los trabajos del seminario se han centrado fundamentalmente en la temática relacionada con la planificación familiar a nivel individual y de pareja. La observación de la realidad actual, en nuestro país, pone de manifiesto un desfase entre dicha situación real y la posición del Estado, que no responde adecuadamente a las necesidades planteadas por la población.

Cambiar la legislación

La legislación vigente no responde a las demandas actuales del país para una planificación familiar personal responsable. Se estima, en consecuencia, procedente la derogación del artículo 416 del Código Penal.

Seguidamente debería legalizarse la planificación familiar individual para una real efectividad de los derechos humanos, mediante las necesarias modificaciones del Código Civil.

Simultáneamente habría de proveerse de las congruentes prestaciones sanitarias de información y asistencia, dentro de los servicios sanitarios, de tal forma que se facilitara al máximo el acceso a las mismas sin establecer ningún tipo de coerción.

La planificación familiar en España es un hecho, si bien que su realización, en general, no ha tenido lugar en las condiciones que los recursos técnicos podrían haber permitido.

Dada la situación actual de la legislación, se ha producido un uso predominante de aquellos métodos que, por no requerir medios accesorios, o que por estar dentro de las normas legales y vigentes, han venido siendo utilizados por el público en general. Paralelamente, otros métodos, como los anovulatorios hormonales y los dispositivos intrauterinos, están siendo usados con bastante frecuencia, no para las indicaciones terapéuticas, en las que se encuentran admitidos, sino fundamentalmente por su acción anticonceptiva.

Declaran los asistentes al seminario de Mahón que la política de planificación familiar ofrece dos vertientes. En la primera debe orientarse a facilitar la información y asistencia necesarias para disminuir o espaciar la fecundidad. En la segunda, para estimular y facilitar ésta en todos los casos en que sea deseada.

Aborto

La interrupción voluntaria del embarazo en España es un fenómeno existente, a pesar de la legislación en contra. Es imposible en la actualidad cuantificar el fenómeno, pero el problema no puede ignorarse, dada su importancia cualitativa y su difusión. Una proporción estimable de interrupciones de embarazo se realizan en el extranjero, pero la mayoría se llevan a cabo en condiciones de clandestinidad en territorio nacional; estas últimas, en general, sin las mínimas condiciones médicas y sicológicas.

Los asistentes al seminario estiman conveniente una reconsideración de los actuales criterios legales de la interrupción del embarazo en nuestro país, quedando por concretar y definir aquellos criterios médicos, socioeconómicos y sicológicos bajo los que éste podría realizarse.

La planificación familiar puede contribuir en el futuro de forma muy efectiva a la reducción relativa del número de interrupciones de embarazo, con unos efectos favorables para la salud somática y síquica de esas mujeres.

La planificación familiar, como instrumento de protección de la salud, no sólo debe facilitar la posibilidad de tener el número de hijos deseado por la pareja como el hecho de tenerlos en las edades y con los intervalos más idóneos.

La planificación familiar puede constituir un medio valioso de prevención de la subnormalidad men tal, en especial de la de causa hereditaria, así como de otras afecciones de origen genético.

La política de planificación familiar debe orientarse a conseguir que todo embarazo sea deseado y obedezca a la decisión libre, consciente y responsable de la pareja, dado que el embarazo o el hijo no deseado constituyen una amenaza para la salud mental de la mujer, de la pareja y del propio niño, con repercusiones sociales.

Los distintos métodos de contracepción tienen indicaciones y contraindicaciones técnicamente conocidas que deben ser informadas adecuadamente a sus posibles usuarios.

El derecho a la información

El acceso al asesoramiento y medios de planificación familiar debe ser libre, abierto y voluntario para toda la población, sin discriminaciones de ningún tipo.

A mejor información existe un menor riesgo de que el público pueda ser inadecuadamente influenciado por otro tipo.de orientaciones, técnicamente incorrectas y/o tendenciosas.

Los programas de planificación familiar deben considerarse englo bados en los planes de protección de la salud, para lo que siempre que sea posible se deben utilizar los centros, servicios y personal sanitario y parasanitario ya existentes.

Con objeto de facilitar una participación más consciente y responsable de la pareja en su plan de descendencia, la planificación familiar requiere un proceso educativo que debe comprender información sobre sus efectos beneficiosos para la salud, disponibilidad de los servicios, métodos existentes y ventajas e inconvenientes de los mismos, así como la correspondiente motivación. La educación sanitaria y la provisión de servicios deben ser simultáneas y coordinadas.

Los cambios culturales y sicosociales propios de nuestra época presentan formas de vivir la sexualidad separadamente de su función reproductora, lo que lleva consigo la necesidad de una educación sexual dirigida a equilibrar las nuevas actitudes y potenciar los reales valores humanos.

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