Los obispos españoles tendrán que consultar al Vaticano las operaciones financieras

Todas las operaciones financieras superiores a veintiún millones de pesetas, realizadas por el clero, deberán ser consultadas a la Santa Sede. Los obispos españoles no podrán otorgar su licencia, sin autorización de la Santa Sede, para ese tipo de operaciones, según escrito que el prefecto de la Sagrada Congregación para el Clero, cardenal Wright, ha dirigido al cardenal Tarancón, presidente de la Conferencia Episcopal Española.El cardenal Wright dice en su escrito que «esta sagrada congregación ha estudiado con atención la solicitud al respecto, que vuestra eminencia hace en nombre de la Conf...

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Todas las operaciones financieras superiores a veintiún millones de pesetas, realizadas por el clero, deberán ser consultadas a la Santa Sede. Los obispos españoles no podrán otorgar su licencia, sin autorización de la Santa Sede, para ese tipo de operaciones, según escrito que el prefecto de la Sagrada Congregación para el Clero, cardenal Wright, ha dirigido al cardenal Tarancón, presidente de la Conferencia Episcopal Española.El cardenal Wright dice en su escrito que «esta sagrada congregación ha estudiado con atención la solicitud al respecto, que vuestra eminencia hace en nombre de la Conferencia Episcopal Española y concede la relativa autorización de aumentar a veintiún millones de pesetas (21.000.000) la cantidad tope, a partir de la cual no puede el obispo residencial otorgar su licencia para las operaciones financieras previstas en los cánones 1530-1534, sin acudir a la Santa Sede». Estos cánones se refieren a la enajenación de bienes eclesiásticos inmuebles o muebles.

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