Cartas al director

El Estatuto y la Constitución

En el editorial de EL PAIS titulado "El Estatuto de Cataluña" daba este diario una serie de razones por las que consideraba poco afortunada la reivindicación catalana de restablecimiento del Estatuto de 1932. Algunas de estas razones eran ciertamente poco convincentes y podían provocar suspicacias en la prensa catalana, como así ha sucedido: pero el arguemento central: " En el plano jurídico, este estatuto, en pura teoría, sólo tendría validez en el marco de la Constitución ción republicana de 1031» es concluyente. Y es que el Estatuto de Autonornía. aunque parezca paradójico. no tien...

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En el editorial de EL PAIS titulado "El Estatuto de Cataluña" daba este diario una serie de razones por las que consideraba poco afortunada la reivindicación catalana de restablecimiento del Estatuto de 1932. Algunas de estas razones eran ciertamente poco convincentes y podían provocar suspicacias en la prensa catalana, como así ha sucedido: pero el arguemento central: " En el plano jurídico, este estatuto, en pura teoría, sólo tendría validez en el marco de la Constitución ción republicana de 1031» es concluyente. Y es que el Estatuto de Autonornía. aunque parezca paradójico. no tiene «autonomía»: su contenido está casi en su totalidad definido en función de la Constitución de la República u otras instituciones repu,blicanas conio el Tribunal de Garantías. Vearnos: Art. 3.º: «Los derechos individuales son los fijados por la Constitución de la República. (...): art. 5.º: De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.º de la Constitución ... : art. 6.º: ... será sometida la divergencia al fallo del Tribunal de Garantías constitucionales ... : art. 7.º: ... con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50 de la Constitución ... : art. 8.º: ... de acuerdo con lo dispuesto en los núnieros 4. 10 y 16 del artículo 14 de la Constitución... Y así podíamos seguir hasta el final. pues de los dieciocho artículos del Estatuto, dieciséis, en todo o en parte, «carecen de autonornía». La conclusión que se deriva de esto es cosa de Perogrullo: el Estatuto no es nada sin la Constitución.Y este razonarniento no supone un ataque a la Monarquía de don Juan Carlos (como por una mala lectura. no querernos pensar en malas, intenciones, dice TeleleXprés). Lo que sí ataca, de modo consciente o inconsciente, a la Monarquía es la reivindicación del Estatuto de 1932 ( ¡cuidado!. que eso decía EL PAIS y eso decirnos nosotros: reivindicación del Estalulo de 1932: y no, reivindicación de autonomía. Por lo que, ni en esta carta, ni en el editorial de marras, hay tampoco un ataque a la concepción autonómica).

Pero supongarnos. por un nioniento, que se ha restablecido el Estatuto: Cataluiia sería entonces, una «región autónoma» dentro de una «República de trabajadores de todas clases». república que ya no existe. Absurdo. ¿verdad? Pues es todo lo que podría significar actualmente el restablecimiento. El Estatuto de 1932 sin la Constitución, es decir, sin la República. repetinios, no es nada. Si fuésemos catalanes, elegiríamos otro camino -tal vez el único posible -: nos cuidaríamos de conseguir las garantías electorales precisas para el normal desarrollo democrático de unas elecciones Y al mismo tiempo, iríamos preparando una campaba electoral que nos diera un nurnero tal de diputados que fueran tan imprescindibles para el Gobierno que surja de esas elecciones. como lo eran los, aproxirnadamente, cuarenta diputados de Esquerra Republicana de Catalunya para los gobiernos Azaña.

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