Regulada la participación de los funcionarios en la gestión pública

Por un real decreto que ayer publicó el Boletín Oficial del Estado ha quedado regulada la participación y colaboración de funcionarios en los órganos encargados de la regulación y gestión de la función publica. Dichos órganos son las juntas de personal, las juntas de retribuciones y los órganos rectores de los patronatos de casas, en el ámbito departamental, y la permanente de la comisión superior de personal y la junta central de retribuciones en el ámbito interministerial.En cada ministerio civil habrá una junta de personal a la que corresponderá, entre otras cosas, designar a los representa...

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Por un real decreto que ayer publicó el Boletín Oficial del Estado ha quedado regulada la participación y colaboración de funcionarios en los órganos encargados de la regulación y gestión de la función publica. Dichos órganos son las juntas de personal, las juntas de retribuciones y los órganos rectores de los patronatos de casas, en el ámbito departamental, y la permanente de la comisión superior de personal y la junta central de retribuciones en el ámbito interministerial.En cada ministerio civil habrá una junta de personal a la que corresponderá, entre otras cosas, designar a los representantes de los funcionarios en las juntas de retribuciones y en los patronatos de las casas, a los representantes en la permanente de la comisión superior de personal y a los representantes en cualquier órgano colegiado de ámbito departamental o interministerial.

El decreto incluye la composición de la junta de personal que presidirá el subsecretario del departamento y la manera de presentar candidatura para la elección de vocales. Todos los vocales elegidos por los funcionarios de la junta de personal de cada ministerio elegirán, a su vez, a otros seis de entre ellos, de distinto cuerpo, para participar en la junta de retribuciones del Ministerio en las del órgano rector del patronato de las casas.

Los vocales de la junta de personal del ministerio elegirán uno de entre ellos para participar en la comisión superior de personal. El mandato de los vocales será por dos años, reelegibles por otros dos una sola vez.

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