Este es el camino para cambiar el Código

En el caso de que el «clamor popular» a favor de la abolición de los artículos 449 al 452, ambos incIusive, fuera asumido por el Gobierno el proceso a seguir sería el siguiente:- La Comisión General de Legislación y Justicia del Ministerio de Justicia prepararía un proyecto de ley para la erradicación de los referidos delitos.

- Dicho proyecto sería discutido y elaborado por la comisión de las Cortes que se formara al efecto.

- Por último, el proyecto pasaría al Pleno de las Cortes y en el caso de ser aprobado por mayoría, se introducirían las modificaciones propuestas.

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En el caso de que el «clamor popular» a favor de la abolición de los artículos 449 al 452, ambos incIusive, fuera asumido por el Gobierno el proceso a seguir sería el siguiente:- La Comisión General de Legislación y Justicia del Ministerio de Justicia prepararía un proyecto de ley para la erradicación de los referidos delitos.

- Dicho proyecto sería discutido y elaborado por la comisión de las Cortes que se formara al efecto.

- Por último, el proyecto pasaría al Pleno de las Cortes y en el caso de ser aprobado por mayoría, se introducirían las modificaciones propuestas.

Este proceso podría durar del orden de dos o tres meses y sería análogo al que recientemente se ha seguido con ocasión de la reforma de los artículos referentes al derecho de asociación y reunión.

Más información

Parece ser que no es fácil que la Comisión de Legislación y Justicia emprenda este proyecto, ya que actualmente trabaja en la revisión general del Código.

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