Aprobado el informe sobre la reforma política

La sección primera del Consejo Nacional del Movimiento finalizó ayer el estudio del informe sobre el proyecto de ley de reforma política, y aprobó el correspondiente dictamen que será elevado al Pleno del Consejo, que había sido convocado, con carácter de urgencia, para el próximo viernes, día 8. El dictamen, no vinculante, establece leves variaciones en el proyecto del Gobierno, ninguna de ellas de fondo.

En la sesión de ayer. que duró menos de una hora, y a la que asistieron escaso número de consejeros, se aprobó una propuesta contenida en el informe, que había quedado pendiente tras ...

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La sección primera del Consejo Nacional del Movimiento finalizó ayer el estudio del informe sobre el proyecto de ley de reforma política, y aprobó el correspondiente dictamen que será elevado al Pleno del Consejo, que había sido convocado, con carácter de urgencia, para el próximo viernes, día 8. El dictamen, no vinculante, establece leves variaciones en el proyecto del Gobierno, ninguna de ellas de fondo.

En la sesión de ayer. que duró menos de una hora, y a la que asistieron escaso número de consejeros, se aprobó una propuesta contenida en el informe, que había quedado pendiente tras la discusión del día anterior, con el siguiente texto: «El Consejo estima conveniente que se incluya en el proyecto de ley de reforma política una disposición derogatoria que determine con suficiente claridad los preceptos de las Leyes Fundamentales vigentes, derogados o modificados por la nueva Ley Fundamental, cuyo proyecto se informa».

A propuesta del señor López Rodó, la sección aprobó también la introducción de un nuevo párrafo en la última parte del preámbulo del informe, referido a la preocupación del Consejo por lo establecido en el artículo quinto del proyecto. En este artículo se dice que el Rey puede someter directamente al pueblo, para que éste decida mediante referéndum, una materia competencia de las Cortes y que, si éstas no están de acuerdo con el resultado del referéndum, quedarán disueltas, procediéndose a la convocatoria de nuevas elecciones.

El señor López Rodó argumentó que parecía lógico que sean las Cortes las que comiencen por elaborar la correspondiente ley y que, en su caso, se someta posteriormente a referéndum. En el texto propuesto por el ex ministro, y que fue aprobado, se añadía que «no parece conveniente la marginación de las Cortes en este punto. Su disolución sólo debería fundamentarse en la discordancia entre la voluntad de las Cámaras y la voluntad popular».

El debate se centró posteriormente en la propuesta del señor Pedrosa Latas de incluir una alusión a la potestad de disolución de las Cortes por el Rey. La mayor parte de los consejeros que intervinieron en torno a este tema se mostraron contrarios a esta inclusión, por considerar que este punto no había sido sometido a su consideración por el Gobierno.

El señor López Rodó añadió que, en todo caso, se podía reconocer esta facultad leal de disolución, siempre que las Cortes pudieran derribar al Gobierno. El señor Garicano argumentó que la responsabilidad de disolución de las Cámaras debe ser del Gobierno y nunca del Rey y el señor Fernández Sordo se mostró contrario a la inclusión de este párrafo. La ponencia, representada por Eduardo Navarro, rechazó la propuesta y la sección aprobó que no se incluyera.

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A las doce del mediodía, el presidente de la sección, señor Fueyo, levantó la sesión, dando por finalizado el estudio del informe, que pasará el día 8 al Pleno del Consejo, para su aprobación.

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