Laudo para los taxistas de Madrid

Hoy será publicado en el Boletín Oficial del Estado el laudo en que concluyeron las negociaciones del convenio colectivo del sector del taxi, que afectará a unos 1.400 asalariados de esta industria en Madrid, según informaron a EL PAIS medios laborales.Los términos del laudo -norma por la que rigen sus relaciones laborales estos trabajadores desde el año 1972, al no finalizar con éxito ninguna de las sucesivas negociaciones para un convenio coletivo- establece el salario en los mismos términos fijados por el Gobierno como sueldo mínimo interprofesional.

Otra de las novedades que ...

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Hoy será publicado en el Boletín Oficial del Estado el laudo en que concluyeron las negociaciones del convenio colectivo del sector del taxi, que afectará a unos 1.400 asalariados de esta industria en Madrid, según informaron a EL PAIS medios laborales.Los términos del laudo -norma por la que rigen sus relaciones laborales estos trabajadores desde el año 1972, al no finalizar con éxito ninguna de las sucesivas negociaciones para un convenio coletivo- establece el salario en los mismos términos fijados por el Gobierno como sueldo mínimo interprofesional.

Otra de las novedades que incluye el laudo, según los citados medios, supone un incremento del 15 por 100 de las recaudaciones de hasta 1.700 pesetas, frente al mismo porcentaje fijado anteriormente sobre unas recaudaciones mínimas de 1.300 pesetas. Esta subida en las recaudaciones mínimas sobre las que se aplica el citado porcentaje supone que los asalariados habrán de trabajar más horas para disfrutar de ese 15 por 100, pues, si de una parte, al subir las tarifas -contra las que están en desacuerdo- habría de suponer menos, horas de trabajo el alcanzar la recaudación mínima de 1.700 pesetas diarias, ello no es así por cuanto que la demanda de taxis ha disminuido considerablemente, precisamente por la subida de tarifas.

El laudo contiene también un aumento en el número de días de vacaciones anuales, pasando de los veinte días de la anterior norma de obligado cumplimiento, a veintidós días al año. Otros aspectos sociales, como la jornada de trabajo, no son contemplados por el laudo, pues, según los citados medios, el asalariado del taxi no tiene jornada laboral, sino que «trabaja en base a una recaudación de la que obtendrá parte de un jornal diario».

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