El Consejo Constitucional y la distribución del poder
Al debatirse la Constitución no se están discutiendo simples palabras. Lo que está en juego es la distribución de poder respecto de ámbitos muy concretos de la vida económica, de la vida política-institucional y el modo en que debe entenderse una familia o las relaciones de género
¿Por qué ha costado tanto establecer una nueva Constitución en Chile? Para responder a esta pregunta, lo primero que debemos clarificar es la función que cumple una Carta Magna. Un manual nos diría que ella se encarga de organizar el Estado. Aquello es correcto pero, al organizarlo, una Constitución lo que hace es distribuir poder. Entonces, ha costado tanto aprobar una Constitución en Chile porque no existe un acuerdo sustantivo respecto del modo en que debe o...
¿Por qué ha costado tanto establecer una nueva Constitución en Chile? Para responder a esta pregunta, lo primero que debemos clarificar es la función que cumple una Carta Magna. Un manual nos diría que ella se encarga de organizar el Estado. Aquello es correcto pero, al organizarlo, una Constitución lo que hace es distribuir poder. Entonces, ha costado tanto aprobar una Constitución en Chile porque no existe un acuerdo sustantivo respecto del modo en que debe organizarse y distribuirse dicho poder.
Cuando pensemos en la organización del poder, no solo debemos pensar en las atribuciones que debería tener el Poder Ejecutivo y el Legislativo, o las características del Poder Judicial o la Corte Constitucional. Aquí hablamos de poder en un sentido amplio considerando aspectos políticos, económicos, simbólicos y culturales. Y lo que está en pugna en Chile son las diversas manifestaciones del poder que se expresan con mayor o menor fuerza en aquel texto constitucional, originalmente establecido por la dictadura y varias veces reformado en la post-transición.
La Convención pasada (2021-2022), con una mayoría abrumadora de izquierda, intentó una redefinición sustantiva de las relaciones de poder en la sociedad. Redefinía el poder de los territorios al establecer un Estado con autonomías regionales; transformaba las relaciones de poder entre los pueblos indígenas y el Estado; transformaba el rol del Estado en relación a la economía y de las políticas sociales; cambiaba las relaciones entre el Poder Ejecutivo y Legislativo, entregándole más protagonismo a este último; alteraba las relaciones de género al incorporar la paridad como un principio fundante de la organización de la vida institucional en el Estado. Fueron muchos otros los ámbitos donde se planteaban nuevas relaciones de poder y aquello fue rechazado por la ciudadanía (nota al pie: la pregunta del por qué falló la propuesta merece sin duda muchísima más reflexión).
Los actores políticos propusieron un nuevo proceso. Se organizó una Comisión Experta —ahora empatada entre las fuerzas de derecha y centroizquierda— que acaba de entregar una nueva propuesta que deberá ser revisada, modificada y aprobada por un Consejo Constitucional electo. La propuesta mantiene a grandes rasgos las principales elementos de lo que ha sido la estructura de poder en Chile ya por décadas. Se mantiene e incluso refuerza el sistema presidencial; se propone una moderada descentralización; se amplía el catálogo de derechos sociales.
Se trata de una propuesta que redistribuye poder en una materia fundamental: los partidos políticos. Se propone reducir la fragmentación y aumentar la disciplina partisana con el objetivo de aminorar los problemas de representación que están erosionando al sistema democrático. En materia de derechos sociales, se evita sobre regular lo concerniente al rol de los privados en la provisión de derechos sociales, dejando que sea el proceso legislativo el que regule aspectos cruciales como el sistema de pensiones y de salud.
Pero como escribir la Constitución es una batalla por distribuir poder, muy probablemente el Consejo Constitucional —esta vez de mayoría de derechas—intentará revisar y escribir algo acorde con propios intereses simbólicos y materiales. Así lo sostuvo Beatriz Hevia —representante Republicana— y nueva Presidenta del Consejo al señalar que el anteproyecto de la Comisión Experta “no es un punto final, sino que todo lo contrario”: “Es un punto de partida para que llegue a ser un punto de encuentro”.
¿Dónde residirán los puntos de discordia? Reiteremos que lo que está en juego al escribir el texto son debates muy sustantivos sobre el poder económico, político, social y cultural. Pasemos revista a algunos ejemplos. En el artículo 3 del anteproyecto se estipula que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. Y se agrega que “es deber del Estado y la sociedad dar protección a las familias y propender su fortalecimiento”. Muy probablemente la derecha más conservadora defenderá la idea de fortalecer el concepto único de familia —la familia tradicional— y evitar el concepto plural de “las familias”, que implicaría reconocer sus múltiples configuraciones.
Respecto del derecho de la salud, la Constitución vigente establece que “cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado”. En el anteproyecto no se menciona aquella frase, aunque se establece que la provisión de la salud puede darse por instituciones estatales o privadas. La diferencia es muy relevante. Es probable que la derecha quiera reponer la concepción vigente de la libertad de elección porque bajo esa modalidad las personas pueden colocar todas sus cotizaciones en el sistema privado de salud, es decir, bajo la fórmula de la constitución vigente se ratifica el sistema de isapres —un sistema que por estos día está fuertemente cuestionado–. La fórmula del anteproyecto, en cambio, habilita que sea el Congreso quien determine el modo en que se financiaría el sistema de salud, garantizando la libre elección de prestadores, pero no necesariamente del destino de las cotizaciones.
Lo mismo sucede con las pensiones. La propuesta de la derecha en la Comisión Experta sugería la misma fórmula: permitir que las personas pudiesen escoger entre el sistema estatal o privado de pensiones, con lo que se constitucionalizaría el modelo. Otro tanto se debatirá sobre el derecho a huelga. En la fórmula del anteproyecto se establece el derecho a huelga, indicando que será una ley la que determine sus limitaciones. Ya han surgido voces desde la derecha que se trataría de un derecho demasiado amplio y que solo debiese permitirse exclusivamente en el marco de una negociación colectiva.
Al debatirse la Constitución, insistamos, no se están discutiendo simples fraseos o palabras. Lo que está en juego es la distribución de poder respecto de ámbitos muy concretos de la vida económica (sistema de pensiones, sistema de salud, derechos de agua, capacidad del Estado de organizar empresas, derechos laborales, derechos de propiedad); de la vida política-institucional (el rol del Presidente, del Congreso, de la Corte Constitucional, de los jueces). Pero también se debate el modo en que debe entenderse una familia, las relaciones de género, y tantos otros temas que forman parte de este texto.
El anteproyecto logró un equilibrio, pero se trata de un equilibrio precario, que muy probablemente será revisado por aquella mayoría del Consejo Constitucional que conquistó la mayoría de ese órgano. La gran interrogante es si aquella mayoría buscará reforzar sus intereses y si aquello será tolerable para la ciudadanía en el plebiscito del próximo 17 de diciembre.