El exalcalde de Alicante, Gabriel Echávarri, a juicio por un delito de prevaricación

El político socialista afronta su segunda vista por despedir a la cuñada del portavoz del PP

Gabriel Echávarri.

El exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri ya conoce el auto que le conduce a un segundo juicio por supuesta prevaricación. La resolución ha sido dictada por la magistrada Patricia Romero y hecha pública este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV). El que fuera primer edil alicantino está acusado en esta causa de despedir a una funcionaria para vengarse del anterior portavoz municipal del PP y ahora alcalde, Luis Barcala, que es cuñado de esa trabajadora.

Echávarri sigue mientras tan...

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El exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri ya conoce el auto que le conduce a un segundo juicio por supuesta prevaricación. La resolución ha sido dictada por la magistrada Patricia Romero y hecha pública este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV). El que fuera primer edil alicantino está acusado en esta causa de despedir a una funcionaria para vengarse del anterior portavoz municipal del PP y ahora alcalde, Luis Barcala, que es cuñado de esa trabajadora.

Echávarri sigue mientras tanto a la espera de conocer las fechas de la vista oral que se celebrará en la Audiencia Provincial contra él y dos de sus antiguos asesores por fraccionar facturas de la Concejalía de Comercio en diciembre de 2016. En ambos casos, el político se enfrenta a peticiones de la Fiscalía de diez años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público.

Su doble procesamiento por prevaricación empujó al dirigente socialista a dimitir del cargo el pasado mes de abril y permitió al Partido Popular recuperar un gobierno municipal que ya había dirigido con mayoría absoluta durante dos décadas consecutivas (1995-2015).

El candidato del PP, Luis Barcala, se hizo con la vara de mando por imperativo legal, al liderar la lista más votada en las últimas elecciones municipales, tras una polémica sesión de investidura en la que resultó crucial el voto en blanco de una concejal tránsfuga, Nerea Belmonte, ex de Podemos y de la coalición Guanyar Alacant. Sin ese voto, la socialista Eva Montesinos no pudo alcanzar la mayoría absoluta de la corporación (15 ediles) para suceder a su compañero de partido.

La titular del juzgado de Instrucción 2 de Alicante, Patricia Romero, abrió un procedimiento abreviado a Echávarri el pasado mes de marzo por ordenar el despido inmediato de Catalina Rodríguez, una técnica de museos adscrita a la Concejalía de Cultura. Según la juez, el entonces alcalde se erigió “como fuente del derecho” y ejerció “sus facultades de forma manifiestamente arbitraria”.

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Aunque él siempre ha defendido la legalidad de la medida y ha negado que respondiera a una vendetta personal, los indicios recabados en la causa apuntan a que pretendía ejecutar una “represalia” contra el entonces líder de la oposición, Luis Barcala, cuñado de dicha funcionaria interina.

De hecho, Echávarri tomó esa decisión el 18 de abril de 2017, el mismo día en que el portavoz del grupo municipal del PP le había denunciado por el presunto fraccionamiento de contratos en la Concejalía de Comercio, un caso por el que también va a ser juzgado junto a dos de sus antiguos asesores.

Para la juez Romero, el cese de la funcionaria interina, que fue readmitida a instancias del pleno unas semanas más tarde, obedeció “únicamente a la voluntad del alcalde en una evidente, patente, flagrante y clamorosa desviación de poder”.

La Audiencia de Alicante confirmó hace dos semanas el procesamiento del exdirigente socialista por estos hechos. En su auto, la sección segunda desestimó el recurso de apelación del político y avaló que se sentara en el banquillo de los acusados. Los magistrados ratificaron que el despido de Catalina Rodríguez tiene “apariencia de arbitrariedad”, pues tras él subyacen “motivaciones de exclusivo carácter personal y vindicativas”.

La magistrada que instruye estas diligencias ha decretado ahora la apertura de juicio oral contra Echávarri. El auto, contra el que no cabe recurso, declara la competencia de la Audiencia Provincial para la celebración de la vista.

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